El Pleno Corporativo del Ayuntamiento de Villanueva del Pardillo ha adoptado acuerdo el 5 de julio de 2023, del siguiente literal:
"Periodicidad de sesiones de Pleno.
Visto el artículo 46.2.a) de la LBRL 7/1985, de 2 de abril, en su nueva redacción dada por la Ley 11/1999, de 21 de abril, que dispone que el Pleno celebre sesión ordinaria como mínimo cada dos meses en los municipios de población entre 5.001 y 20.000 habitantes, así como el título V, capítulo I, sección 1, del Reglamento Orgánico municipal.
Visto el informe del secretario del Ayuntamiento, firmado electrónicamente el 27 de junio de 2023, se propone al Pleno Corporativo:
— Que las sesiones ordinarias plenarias se celebrarán con carácter mensual.
— Que la celebración de sesión ordinaria tendrá lugar el último miércoles de cada mes, a las 19 horas.
— No se celebrarán sesiones de carácter ordinario los meses de agosto y diciembre.
— Se dará comienzo a este tipo de sesiones el presente mes de julio".
Lo que remito se publica, a los efectos oportunos, de acuerdo con lo previsto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Villanueva del Pardillo, a 14 de julio de 2023.—El alcalde (firmado).
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