Ayuntamiento de corpa - Ayuntamiento de corpa (BOCM nº 2023-176)

Corpa. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación

Acuerdo dedicación y retribución del alcalde-presidente del Ayuntamiento de Corpa.

El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 5 de julio de 2023, acordó la aprobación del siguiente acuerdo, cuyo tenor literal se transcribe literalmente:

«Primero.—Determinar que el cargo de alcalde realice sus funciones en régimen de dedicación parcial equivalente al 75 por 100 de la jornada laboral.

Segundo.—Establecer para el cargo de alcalde, las retribuciones que a continuación se relacionan, que se percibirán en catorce pagas, doce correspondientes a las diferentes mensualidades del año y las dos restantes correspondientes a las mensualidades de junio y diciembre y dándole de alta en el régimen general de la Seguridad Social, debiendo la Corporación asumir el pago de las cuotas empresariales:

— Retribuciones anuales brutas: 24.028,78 euros.

Advertir que los miembros de las Corporaciones locales que sean personal de las administraciones públicas y de los entes, organismos y empresas de ellas dependientes, solamente podrán percibir retribuciones por su dedicación parcial a sus funciones, fuera de su jornada en sus respectivos centros de trabajo, en los términos señalados en el artículo 5 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado sexto del presente artículo (artículo 75.2 "in fine" de la LBRL).

Tercero.—Aprobación del pago de las retribuciones correspondientes al período comprendido entre el 17 de junio de 2023 (Constitución de la Corporación y elección del alcalde) y el Pleno de organización del Ayuntamiento, fecha en la que se adopta el acuerdo de dedicación y retribuciones del mismo.

Cuarto.—Publicar íntegramente en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y fijarse en el tablón de anuncios de la Corporación, los acuerdos plenarios referentes a las retribuciones, indemnizaciones y asistencias, según lo establecido en el artículo 75.5 de la LRBRL, así como en la Sede Electrónica de este Ayuntamiento ( https://corpa.sedelectronica.es ).

Quinto.—Notificar dicho acuerdo al interesado y al servicio de personal e intervención para su conocimiento y efectos».

Corpa, a 12 de julio de 2023.—El alcalde-presidente, Santiago Serrano Barranco.

(03/12.510/23)

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