Advertido error en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares de este procedimiento, y resultando que el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, autoriza a las Administraciones públicas a rectificar de oficio en cualquier momento los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos, este Director-Gerente
RESUELVE
Primero
Subsanar el error observado en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares en el capítulo I, cláusula 1, punto 3, página 5, "Presupuesto base de licitación del lote único", y en el Pliego de Prescripciones Técnicas, página 2, "Especificaciones técnicas particulares del lote único":
Tratándose de un error en la transcripción de los datos, no se ve alterado ni la base imponible ni el importe total del contrato.
Segundo
Sustituir los pliegos publicados en el "perfil del contratante" de la Comunidad de Madrid por los pliegos con la rectificación.
Tercero
Publicar esta Resolución en el Portal de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid.
San Sebastián de los Reyes, a 17 de julio de 2023.—El Director-Gerente, Antonio Romero Plasencia.
(01/12.778/23)