Ayuntamiento de boadilla del monte - Ayuntamiento de boadilla del monte (BOCM nº 2023-175)

Boadilla del Monte. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de bases reguladoras y convocatoria pública de ayudas 2023 con destino a actuaciones de adaptación de viviendas de personas usuarias de centros de día. Subproyecto S-22 del convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el Ayuntamiento de Boadilla del Monte para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia financiado por la Unión Europea-Next Generation EU (Línea C22.L1.P01).

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index)

BDNS ID: 708914

Primero. Bases reguladoras. Normativa de aplicación

— Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Boadilla del Monte para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S20_S21_S22_S33_S65), suscrito el 31 de agosto de 2022.

— La ordenanza general de subvenciones del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, aprobada por acuerdo plenario de 18 de diciembre de 2020 (publicado acuerdo definitivo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 63, de 16 de marzo de 2021).

— Demás normativa que resulte de aplicación.

Segundo. Objeto.—El objeto de esta convocatoria es la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia no competitiva, con destino a la adaptación de las viviendas para las personas usuarias de un centro de día y que cumplan los requisitos establecidos en las presentes bases, con el límite presupuestario que más adelante se indicará, en el marco del "Convenio de colaboración entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social, y el Ayuntamiento de Boadilla del Monte para la ejecución de proyectos con cargo a los Fondos Europeos procedentes del Mecanismo para la Recuperación y Resiliencia (S20_S21_S22_S33_S65)", suscrito el 31 de agosto de 2022 (en adelante Convenio), en relación con el "Subproyecto S-22", de acuerdo a los objetivos y líneas establecidas dentro del Presupuesto General del Ayuntamiento de Boadilla del Monte.

La finalidad de estas ayudas consiste en fomentar la realización de actuaciones de adaptación de las viviendas, que deberán estar ubicadas dentro del municipio de Boadilla del Monte, en las que residan personas usuarias de centros de día, con el fin de facilitar las condiciones de accesibilidad y habitabilidad, aumentando la seguridad en el entorno doméstico para dichas personas, mejorando su autonomía y calidad de vida, a fin de que puedan mantenerse en sus domicilios con los apoyos proporcionados en los centros. Las viviendas objeto de las actuaciones subvencionables deberán ser residencia habitual y permanente del beneficiario, debiendo cumplir con las condiciones establecidas en las presentes bases.

Tercero. Beneficiarios.—Podrán solicitar la ayuda regulada en las presentes bases, las personas físicas usuarias de centros de día residentes en Boadilla del Monte, debiendo cumplir con los criterios y requisitos establecidos en las presentes bases.

Cuarto. Cuantía.—Estas ayudas se encuentran incluidas en el Plan Estratégico Municipal de Subvenciones para los ejercicios 2021-2023, dentro de la "Línea Estratégica 1. Acción Social y Cooperación al Desarrollo", 7) Ayudas Fondos MRR: S22, para la adaptación de viviendas de personas usuarias de centros de día". Asimismo, se encuentran incluidas dentro del capítulo presupuestario: 08.231.78001, por importe de 148.039,10 euros. No obstante, se asume el compromiso de instar a que, por el Órgano competente, se incoen las medidas necesarias para realizar los ajustes y modificaciones que resulten pertinentes, respecto a los créditos presupuestarios, así como en relación con el Plan Estratégico de Subvenciones.

La concesión de las ayudas quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de otorgamiento, sin que en ningún caso pueda rebasar el crédito total asignado a la presente convocatoria.

El importe máximo de la ayuda por beneficiario será de 9.000 euros, hasta agotar el total de la cuantía de la línea de subvención indicada, en las condiciones contempladas en estas bases reguladoras.

Quinto. Forma y plazo de presentación de solicitudes.—Las personas interesadas podrán presentar su solicitud conforme al modelo del anexo I, desde el día siguiente a la publicación el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 15 de septiembre de 2023 (ambos inclusive), y se presentarán por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 y 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y con carácter específico:

— De forma telemática: a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, mediante el siguiente enlace:

https://carpetaciudadano.aytoboadilla.org/eAdmin/Registrar.do?action=ini...

— De forma presencial: en las oficinas de asistencia en materia de registros sitas en la calle Juan Carlos I, número 42 y en la Plaza de la Villa, sin número, primera planta, o por cualquier otro de los medios previstos en el precitado artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El medio elegido por la persona para comunicarse con las Administraciones Públicas podrá ser modificado por aquella en cualquier momento.

Sexto. Otros datos.—La presente convocatoria y sus bases reguladoras se publicarán en el tablón de anuncios, página web institucional y Sede Electrónica del Ayuntamiento de Boadilla del Monte, así como extracto de las mismas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a través de la Base Nacional de Subvenciones (BDNS), de conformidad con lo dispuesto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

En Boadilla del Monte, a 29 de junio de 2023.—La concejala-delegada de Asuntos Sociales y Diversidad Funcional, Inmaculada Pérez Bordejé.

(03/12.830/23)

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