Ayuntamiento de los molinos - Ayuntamiento de los molinos (BOCM nº 2023-174)

Los Molinos. Organización y funcionamiento. Régimen dedicación

En sesión plenaria, de 4 de julio de 2023, se ha acordado aprobar las siguientes propuestas de la Alcaldía:

Indemnizaciones a percibir por los miembros corporativos

Primero.—Aprobar las dietas por asistencia exclusivamente a favor de los miembros de la Corporación que no ostenten dedicación exclusiva o dedicación parcial.

Segundo.—Por asistencia al Pleno Municipal 120,00 euros por cada sesión de Pleno, ordinarias, extraordinarias o extraordinarias urgentes, a las que se concurra de modo efectivo.

Tercero.—30,00 euros por cada sesión de cualquier Comisión Informativa y de la Comisión Especial de Cuentas, ordinarias, extraordinarias o extraordinarias urgentes a las que se concurra de modo efectivo, siempre que no se tenga reconocida dedicación exclusiva o parcial.

Cuarto.—Todos los miembros de la Corporación ostentan derecho a percibir retribuciones por el ejercicio de su cargo (gastos de locomoción, manutención etc.) siempre que se justifique documentalmente mediante certificado o justificante de asistencia y factura correspondiente.

En cuanto a su régimen jurídico y tramitación, se aplicará íntegramente el Real Decreto 462/2002, de 24 de mayo, sobre indemnizaciones por razón de servicio.

Cargos con dedicación exclusiva y parcial

Primero.—Reconocer la dedicación exclusiva a don Antonio Coello Gómez-Rey, como alcalde-presidente, fijando una retribución bruta anual de 40.000,00 euros, lo que suponen 2.857,14 euros brutos distribuidos en catorce pagas.

Segundo.—Reconocer la dedicación parcial a don Miguel Ángel Martín Bonilla, como concejal-delegado de Urbanismo, Infraestructuras, Servicios al Municipio, Seguridad y RR. HH., fijando una retribución bruta anual de 14.000,00 euros, lo que suponen 1.000,00 euros brutos mensuales más dos pagas extraordinarias de la misma cantidad.

Régimen al 33,33 por 100 de la jornada, lo que supone una dedicación mínima de 11 horas y 40 minutos en cómputo semanal.

Tercero.—Reconocer la dedicación parcial a doña Cristina Herrero Pérez, como concejal-delegada de Cultura, Educación y Juventud, fijando una retribución bruta anual de 14.000,00 euros, lo que suponen 1.000,00 euros brutos mensuales más dos pagas extraordinarias de la misma cantidad.

Régimen al 33,33 por 100 de la jornada, lo que supone una dedicación mínima de 11 horas y 40 minutos en cómputo semanal.

Cuarto.—Reconocer la dedicación parcial a don Pedro Ignacio García López, como concejal-delegado de Deporte, Digitalización, Transparencias y Administración Municipal, fijando una retribución bruta anual de 14.000,00 euros, lo que suponen 1.000,00 euros brutos mensuales más dos pagas extraordinarias de la misma cantidad.

Régimen al 33,33 por 100 de la jornada, lo que supone una dedicación mínima de 11 horas y 40 minutos en cómputo semanal.

Quinto.—Reconocer la dedicación parcial a doña Cristina Riaño Salas como concejal-delegada de Comunicación, Festejos, Turismo y Portavocía del Gobierno, fijando una retribución bruta anual de 14.000,00 euros, lo que suponen 1.000,00 euros brutos mensuales más dos pagas extraordinarias de la misma cantidad.

Régimen al 33,33 por 100 de la jornada, lo que supone una dedicación mínima de 11 horas y 40 minutos en cómputo semanal.

Sexto.—Reconocer la dedicación parcial a don Fernando Manzano López como concejal-delegado de Mantenimiento, Empleo, Desarrollo Local, Comercio, Empresa y Medio Ambiente, fijando una retribución bruta anual de 14.000,00 euros, lo que suponen 1.000,00 euros brutos mensuales más dos pagas extraordinarias de la misma cantidad.

Régimen al 33,33 por 100 de la jornada, lo que supone una dedicación mínima de 11 horas y 40 minutos en cómputo semanal.

Séptimo.—Reconocer la dedicación parcial a doña Pilar Barrios Jiménez como concejal-delegada de Familia, Servicios Sociales, Sanidad y Mayores, fijando una retribución bruta anual de 14.000,00 euros, lo que suponen 1.000,00 euros brutos mensuales más dos pagas extraordinarias de la misma cantidad.

Régimen al 33,33 por 100 de la jornada, lo que supone una dedicación mínima de 11 horas y 40 minutos en cómputo semanal.

Octavo.—Dar de alta en el Régimen General de la Seguridad Social a todos los concejales referidos, tanto de dedicación exclusiva como parcial.

Noveno.—Los efectos en su aplicación son retroactivos, al cumplirse los requisitos exigidos. En concreto:

— Alcalde (dedicación exclusiva): desde el momento que fue nombrado (17 de junio de 2023).

— Concejales-delegados: desde que entró en vigor el Decreto de Delegación (19 de junio de 2023).

En el mes de junio de 2023, se devengará el importe proporcional.

Décimo.—La dedicación exclusiva del señor alcalde estará afectada por las incompatibilidades reguladas en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas. En cambio, la dedicación parcial solo afectará al ejercicio de una segunda actividad pública (no privadas), que únicamente podrá ejercerse fuera de la jornada de trabajo.

Undécimo.—Publicar íntegramente el acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Duodécimo.—El presente acuerdo no tendrá efectividad hasta que no se apruebe el correspondiente expediente de modificación de créditos, suplementando las partidas 912.10000.01 y 912.160.01 del presupuesto vigente, en las cantidades de 25.284,15 y 6.875,70 euros respectivamente.

Asignación económica a favor de los Grupos Políticos Municipales

Primero.—Aprobar una asignación mensual a cada Grupo Político, consistente en un montante fijo de 190,00 euros para todos por igual, añadiendo 1,00 euros más por cada concejal que lo forme.

El importe anual es de 4.452,00 euros, teniendo en cuenta las siguientes especialidades:

a) Efectos: retroactivos desde el 17 de junio de 2023.

b) En el mes de junio de 2023, se devengará el importe proporcional.

Segundo.—La asignación se reconoce exclusivamente a favor de los Grupos Políticos Municipales que se hayan constituido. Por tanto, todo ello se encuentra condicionado a la presentación de la siguiente documentación:

a) Administrador, representante o responsable del Grupo Político.

b) Copia compulsada del Documento Nacional de Identidad (DNI) de la persona citada anteriormente.

c) En su caso, documento que acredite la representación.

d) Copia del Número de Identificación Fiscal (NIF) del Grupo Político Municipal.

e) Declaración responsable ratificada por todos sus miembros sobre la obligación de llevar una contabilidad específica.

f) Número de cuenta bancaria (a nombre del Grupo Político Municipal), en que desean recibir los ingresos.

Tercero.—El plazo para su cumplimiento es de diez días hábiles a contar desde el siguiente en que se reciba la notificación. Todo ello, sin perjuicio de las subsanaciones que se requieran y de suspender el procedimiento por el tiempo necesario en tramitar la documentación que sea competencia de otros organismos. En este último caso, sí deberá presentarse en plazo, la solicitud de haber iniciado el trámite oportuno.

Cuarto.—Publicar íntegramente el Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento.

Los Molinos, a 10 de julio de 2023.—El alcalde-presidente, Antonio Coello Gómez-Rey.

(03/12.319/23)

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