Comisión gestora de la ue-23 la estrella - Comisión gestora de la ue-23 la estrella (BOCM nº 2023-168)

Comisión Gestora de la UE-23 La Estrella. Plan parcial

En sesión celebrada por el Pleno municipal de 5 de julio de 2023, se adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar definitivamente la modificación número 1 del Plan Parcial de Reforma Interior presentado por doña Isabel Avendaño Jiménez, en su calidad de presidenta de la Comisión Gestora de la Unidad de Ejecución UE-23 "La Estrella", con número identificación fiscal D V84813088, consistente en:

a) Redelimitación del ámbito de la Unidad de ejecución ajustando el borde de la zona suroeste para respetar los límites de la vía pecuaria denominada "Vereda de Valdecabañas", según la delimitación de la misma aportada en el informe emitido por el Área de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid de 26 de abril de 2023. Lo que supone pasar de una superficie inicial del ámbito de 135.814,57 m² a 132.732,87 m², reduciéndose, por tanto, el ámbito en 3.081,70 m².

b) Establecimiento de una nueva Ordenanza denominada Tipo 4 Grado 1.o(b), otorgar a equipamiento de uso deportivo el uso genérico de equipamiento y reajustar las ubicaciones de la Red Local de Espacios Libres Arbolados (RL-ELA) y Red Local Transportes y Comunicaciones, que incluye viario público y Servicios Urbanos (aparcamientos).

Segundo.—Aprobar el texto refundido del Plan Parcial de Reforma Interior de la UE- 23 "La Estrella", cuyo contenido refunde el PPRI aprobado definitivamente por acuerdo del Pleno Municipal de 6 de febrero de 2008, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 43, de 20 de febrero de 2008, y la modificación expuesta en el punto primero del presente acuerdo.

Tercero.—Comunicar los acuerdos primero y segundo al Órgano competente de la Comunidad de Madrid, en el plazo de diez días, y remisión de un ejemplar del documento técnico del texto refundido del Plan Parcial de Reforma Interior de la UE- 23 "La Estrella" al Registro administrativo de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

Cuarto.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, conforme dispone el artículo 66.1 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y notificación del mismo a la Comisión Gestora de la UE-23 "La Estrella".

NORMAS URBANÍSTICAS

De igual forma, considerando el artículo 7.06.04.3 del PGOU y atendiendo a las nuevas necesidades, al objeto de la adecuación del planeamiento para establecer las condiciones encaminadas a la consecución de la mejora de la ordenación y tomando como referencia el Grado 1.o de la Ordenanza, se define un nuevo Grado 1.o(b), donde se modifican las determinaciones del citado Grado 1.o en los siguientes ámbitos:

1. Definición:

La tipo-morfología edificatoria del Grado 1.o(b) contempla configuraciones en tipo Hilera o Aisladas (Grado 1.o(b). Hilera o Aislada).

2. Características:

— Longitud máxima de la edificación: 150 m.

— Altura máxima: tercera planta, equivalente a 15,0 m.

Con carácter general, las instalaciones sometidas al Real Decreto 9/2005, de 14 de enero, por el que se establece la relación de actividades potencialmente contaminantes del suelo y los criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 3 del mencionado Real Decreto.

De igual forma, las intervenciones realizadas con el desmantelamiento de las soleras existentes en el ámbito, deberán contar con un seguimiento ambiental, y será de aplicación el artículo 61 de la ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid.

Lo que se hace público para general conocimiento, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, indicando que ha sido depositado un ejemplar de la Modificación número 1 del Plan Parcial de Reforma Interior de la UE-23 "La Estrella" y el texto refundido del Plan Parcial de Reforma Interior de la UE-23 "La Estrella" en el Registro de Planes de Ordenación Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior con fecha 11 de julio de 2023, y que el transcrito acuerdo pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho.

Arganda del Rey, a 7 de julio de 2023.—La concejala-delegada de Urbanismo, Polígono Industrial y Promoción Económica, María Dolores Martín Alonso.

(02/12.432/23)

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