La rectificación de errores de los actos de la Administración se regula en el artículo 109.5 de la Ley 39/2015 que dispone que "Las Administraciones Públicas podrán, asimismo, rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos". Dicha norma resulta de aplicación supletoria a la Ley 9/2017 en virtud de su disposición final cuarta. Por su parte, el artículo 75.2 del RGLCAP, dispone que "Cualquier aclaración o rectificación de los anuncios de contratos serán a cargo del órgano de contratación y se hará pública en igual forma que igual forma que estos, debiendo computarse, en su caso, a partir del nuevo anuncio, el plazo establecido para la presentación de proposiciones." Por lo que se procede a su vez a la correspondiente modificación de plazos en la presente Resolución. De conformidad con lo anterior, esta Dirección-Gerencia
DISPONE
Acordar la correspondiente rectificación del anuncio de 16 de junio de 2023 de la convocatoria del citado contrato de forma que:
— Fecha límite de obtención de documentación e información: 21 de agosto de 2023, a las 14:00 horas.
— Fecha límite de presentación de ofertas: 21 de agosto de 2023, a las 23:59 horas.
Queda inalterado el resto del texto del citado documento.
En Parla, a 28 de junio de 2023.—El Director-Gerente del Hospital Universitario "Infanta Cristina", Carlos Mingo Rodríguez.
(01/11.523/23)