Consejería de administración local y digitalización - Autoridades y personal (BOCM nº 2023-146)

RESOLUCIÓN de 25 de mayo de 2023, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, sobre la convocatoria, por el sistema de Libre Designación, de un puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la Subdirección General de Asistencia a Municipios, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, Consejería de Administración Local y Digitalización.

La Dirección General de Reequilibrio Territorial, Subdirección General de Asistencia a municipios, tiene creado y clasificado en su plantilla de personal, un puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

El puesto de trabajo, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, que forman parte del Servicio de Asistencia a municipios, tiene las siguientes características:

Número de P. T. 5502. Denominación: Técnico de Apoyo. Grupo A1; N. C. D. 28; C.E. 23.501,40 euros/anuales; Escala: Funcionarios Administración Local con Habilitación de carácter nacional; Subescala: Secretaría-Intervención; Provisión: Libre Designación.

Consultado el Registro integrado de funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, este puesto se encuentra vacante.

Visto que para la tramitación del expediente de aprobación de la convocatoria y bases que han regir la provisión de para la provisión mediante el sistema de libre designación, de los puestos de trabajo, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, integrantes del Servicio de Asistencia Técnica a Municipios, de la Subdirección General de Asistencia a Municipios, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, Consejería de Administración Local y Digitalización, es de aplicación el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Visto que el puesto de trabajo, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, con número PT 35721, fue creado por Orden del Consejero de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se modifica la Relación de Puestos de Trabajo y la Plantilla Presupuestaria de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, de 4 de julio de 2019; modificado por Orden de la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, por la que se modifica la Relación de Puestos de Trabajo y la plantilla de Personal de la Consejería de Administración Local y Digitalización, de 3 de diciembre de 2021. Y clasificado, por Resolución de la Dirección General de Administración Local, de 11 de septiembre de 2019; y modificada la clasificación, referida a su forma de provisión, por Resolución de la Dirección General de Reequilibrio Territorial de 21 de diciembre de 2021, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de 10 de enero de 2022. Asimismo, con fecha 17 de abril de 2023, se modifica, por Orden de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, la Relación de Puestos de Trabajo y la Plantilla Presupuestaria de la Consejería de Administración Local y Digitalización, modificación que afecta al puesto respecto de su denominación, pasando a denominarse "Técnico de Apoyo", nivel de destino a 28, y a su complemento específico ascendiendo a 23.501,40 euros/anuales.

Visto el informe favorable del Área de Régimen Jurídico Local.

Visto que el expediente reúne los requisitos objetivos establecidos.

Considerando que, esta Dirección General es competente para la resolución de este expediente, de conformidad con lo establecido en el Decreto 198/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Digitalización.

Considerando que esta Dirección General de Reequilibrio Territorial, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración local con habilitación de carácter nacional, la remisión al órgano competente de la Comunidad de Madrid, es competente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y posterior remisión al Ministerio para la publicación del extracto en el "Boletín Oficial del Estado",

HE RESUELTO

Primero

Aprobar la convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de trabajo con número de PT 5502, denominado Técnico de Apoyo, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la Subdirección General de Asistencia a Municipios, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, Consejería de Administración Local y Digitalización, que se detalla en las Bases. Anexo I.

Segundo

Aprobar las bases que habrán de regir la convocatoria para la provisión mediante el sistema de libre designación, del puesto de trabajo con número de PT 5502, denominado Técnico de Apoyo, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, de la Subdirección General de Asistencia a Municipios, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, Consejería de Administración Local y Digitalización. Anexo II.

Tercero

Remitir al órgano competente de la Comunidad de Madrid, la presente Resolución para su para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto

Remitir la presente Resolución al Ministerio de Hacienda y Función Pública, a efectos de su publicación en el "Boletín Oficial del Estado".

Quinto

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Viceconsejero de Administración Local y Digitalización, o ante el Director General de Reequilibrio Territorial en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otro que estime pertinente en defensa de sus derechos.

Asimismo, para litigios entre Administraciones públicas, será de aplicación lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En Madrid, a 25 de mayo de 2023.—El Director General de Reequilibrio Territorial, Rafael García González.

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ANEXO II

BASES PARA LA PROVISIÓN, MEDIANTE LIBRE DESIGNACIÓN, DE UN PUESTO DE TRABAJO, RESERVADO A FUNCIONARIOS DE ADMINISTRACIÓN LOCAL CON HABILITACÓN DE CARÁCTER NCIONAL, DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE ASISTENCIA A MUNICIPIOS, DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE REEQUILIBRIO TERRITORIAL, CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIÓN LOCAL Y DIGITALIZACIÓN

Primera

Normativa aplicable

La presente convocatoria se regirá por lo previsto en los artículos 45 y siguientes del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y el Decreto 198/2021, de 3 de agosto, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Administración Local y Digitalización.

Segunda

Objeto de la Convocatoria

Provisión por Libre Designación del puesto de trabajo reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, subescala Secretaria-Intervención, de la Subdirección General de Asistencia a Municipios, de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, Consejería de Administración Local y Digitalización.

Tercera

Características del puesto

Puesto número de trabajo 5502:

— Denominación y clase del puesto: Técnico de Apoyo.

— Entidad Convocante: Dirección General de Reequilibrio Territorial, Consejería de Administración Local y Digitalización.

— Escala: Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

— Subescala: Secretaria-Intervención.

— Nivel de complemento de destino: 28.

— Complemento específico: 23.501,40 euros/anuales.

Cuarta

Requisitos para su desempeño

Podrán participar en el presente proceso quienes posean la condición de funcionario de carrera de la Escala de habilitación de carácter nacional, Subescala Secretaria-Intervención.

No podrán concurrir a esta convocatoria los funcionarios que se encuentren comprendidos en cualquiera de los supuestos recogidos en el artículo 36.2.a), b) y c) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Quinta

Criterios de selección en caso de presentarse más de un candidato

Los criterios de selección se detallan para cada puesto en el cuadro anexo a las Bases, que se acompaña al final de estas.

Sexta

Plazo, presentación de solicitudes y méritos

Los interesados en participar en la convocatoria presentarán solicitud en el modelo de instancia que se incorpora como Anexo II, debidamente cumplimentada, dentro de los quince días hábiles siguientes al de la publicación del extracto de la convocatoria en el "Boletín Oficial del Estado".

Las solicitudes se presentarán electrónicamente, junto con la documentación que debe acompañarlas, a través del Registro Electrónico de la Consejería de Administración Local y Digitalización, o en los demás registros electrónicos previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cumplimentando el modelo al que podrá accederse desde la página web: https://tramita.comunidad.madrid/oferta-empleo/func-admon-local-habilita...

A la solicitud se acompañará el currículum de la persona solicitante en el que constarán, los años de servicio, los puestos de trabajo desempeñados en la Administración Pública, los títulos académicos que en cada caso se posean y cuantas otras circunstancias meritorias se estimen oportuno poner de manifiesto. Asimismo, deberá aportar certificado de servicios emitido en el plazo de presentación de instancias, firmado por el/la titular del órgano competente de la Subdirección General de Relaciones con otras Administraciones del Ministerio de Hacienda y Función Pública. Este certificado será requisito indispensable para acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria relativos a la escala, subescala, categoría, subgrupo de titulación, Administración de procedencia, destinos ocupados y situación administrativa.

De no ser posible aportar el certificado junto a la solicitud, deberá presentarse justificante de haberlo solicitado en plazo.

Al ser los solicitantes sujetos del artículo 14.2 de la Ley 39/2015, obligados a relacionarse electrónicamente con la Administración, la notificación se realizará a través de medios electrónicos de acuerdo con lo establecido en el artículo 43 del mismo texto legal. A tal efecto, el solicitante está obligado a estar dado de alta en el servicio de Notificaciones Electrónicas de la Comunidad de Madrid, accediendo al mismo a través del enlace http://www.comunidad.madrid/servicios/administracion-electronica-puntoac...

Séptima

Resolución de la convocatoria

Concluido el plazo, el titular de la Dirección General de Reequilibrio Territorial, procederá, en su caso, previa constatación de los requisitos exigidos en la convocatoria, a dictar la Resolución correspondiente en el plazo de un mes, dando traslado a la Dirección General de Función Pública, para la anotación y publicación conjunta en el "Boletín Oficial del Estado". Dicha Resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria y de la competencia para proceder a su nombramiento. La plaza deberá ser adjudicada entre los candidatos que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria. En todo caso, deberá quedar acreditada en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido. Pudiendo declararse desierta, aunque concurran personas que posean los requisitos, si se considera que ninguna es adecuada para el desempeño del puesto convocado.

Octava

Proceso de selección

Durante el proceso de selección se analizarán los "currículum vitae" de cada candidato y se podrá realizar una entrevista curricular con el candidato para aclarar aspectos del mismo. Para la selección de los candidatos se tendrá en cuenta los principios de igualdad, mérito y capacidad recogidos en el artículo 55 del Real Decreto Legislativo 5/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Novena

Toma de posesión

El plazo posesorio será el mismo que se establece en el artículo 41 del Real Decreto 128/18 de 16 de marzo, por el que se establece el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Décima

Régimen impugnatorio

Contra las presentes bases, que son definitivas en vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el órgano que las aprobó, de conformidad con lo dispuesto en los artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses de conformidad con lo previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Todo ello, sin perjuicio que los interesados pueden ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el art. 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

(03/10.345/23)

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