Consejería de economía, hacienda y empleo - Otras disposiciones (BOCM nº 2023-142)

RESOLUCIÓN de 1 de junio de 2023, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación de la revisión salarial 2023 del convenio colectivo de la empresa Restaurants Madrid Ang, S. L. U., suscrito por la Comisión Negociadora (código número 28102002012018).

Examinada el acta de la revisión salarial 2023 del Convenio Colectivo de la empresa Restaurants Madrid Ang, S. L. U., suscrito por la Comisión Negociadora el día 3 de mayo de 2023, completada la documentación exigida en los artículos 6 y 7 del Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2.1.a) de dicho Real Decreto, en el artículo 90.2 y 3 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y con el artículo 1 del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 28.1.h) del Decreto 234/2021, de 10 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, esta Dirección General

RESUELVE

1. Inscribir dicha Revisión Salarial del Convenio Colectivo, en el Registro de Convenios Colectivos, Acuerdos colectivos de trabajo y Planes de Igualdad de esta Dirección, y proceder al correspondiente depósito en este Organismo.

2. Disponer la publicación del presente Anexo, obligatoria y gratuita, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Contra la presente resolución podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Empleo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los artículos 112, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, en el plazo de un mes, y contándose desde el día siguiente de esta notificación, prorrogándose al primer día hábil siguiente cuando el último sea inhábil.

RESTAURANTS MADRID ANG S. L.: ACTA DE REVISIÓN DE LAS TABLAS SALARIALES DEL CONVENIO COLECTIVO DE EMPRESA

Comparecen:

Por parte de la empresa: David Ventura Mirabet, Emilio Ignacio Martí Capaces y Walter Pezantes.

Por parte de la representación de los trabajadores: Julissa Elizabeth Silva Macías, Natalia Tabares Giraldo, Rómulo Andrés Santiago Paucar, Evert Arturo Santiago Martínez.

Primero

Con carácter previo, ambas partes se reconocen plena capacidad y legitimación para llevar a cabo la revisión de las tablas salariales que se reflejan en la presente acta.

Segundo

A modo de antecedente se debe poner de manifiesto que, en fecha 12 de noviembre de 2021, tras las negociaciones oportunas, se suscribió y firmó el Convenio Colectivo de trabajo de la empresa Restaurants Madrid Ang, S. L.

El texto del Convenio firmado fue presentado a registro ante la autoridad laboral en fecha 25 de noviembre de 2021.

Mediante Resolución de 30 de marzo de 2022 la autoridad laboral decretó la inscripción y publicación del Convenio Colectivo, el cual fue efectivamente publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en fecha 16 de abril de 2022 (código convenio 28102002012018.).

Tercero

El motivo de la revisión de las tablas salariales del Convenio Colectivo de la empresa Restaurants Madrid Ang, S. L., viene determinado porque, con posterioridad a la firma del Convenio Colectivo de nuestra empresa, concretamente el pasado día 30 de diciembre de 2021 se publicó en el "Boletín Oficial del Estado" el Real Decreto Ley 32/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reforma Laboral, la Garantía de la Estabilidad en el Empleo y la Transformación del Mercado de Trabajo.

Entre las novedades más importantes de esta reforma laboral, estuvo la modificación del artículo 84.2.o, del Estatuto de los Trabajadores, que suprimió la prioridad aplicativa de los convenios de empresa en materia salarial.

Ello supone "de facto" una obligación de adaptación a los salarios establecidos en el Convenio Colectivo del sector de Hostelería y Actividades Turísticas de la Comunidad de Madrid, obligación aplicable a la empresa Restaurants Madrid Ang, S. L., con efectos del día 1 de enero de 2023.

Asimismo, se adaptan las tablas salariales a los recientes incrementos del salario mínimo interprofesional.

Es por ello, que se reúnen las partes y firman la presente acta para llevar a cabo la obligada revisión de las tablas salariales del convenio colectivo de la empresa Restaurants Madrid Ang, S. L.

Cuarto

Los siguientes anexos incorporan las nuevas tablas salariales revisadas.

Imagen del artículo Consejería de economía, hacienda y empleo - Otras disposiciones (BOCM nº 2023-142)

Quinto

Ambas partes acuerdan que la presente revisión de las tablas salariales del Convenio Colectivo de la empresa Restaurants Madrid Ang, S. L., producirá sus efectos en los términos expuestos con efectos del día 1 de enero de 2023.

Sin más asuntos que tratar, y siendo las 13:30 horas del día y lugar arriba señalado, se levanta la sesión firmando las partes en prueba de conformidad y aceptación de cuanto refleja el presente documento.

Madrid, a 1 de junio de 2023.—La Directora General de Trabajo, Silvia Marina Parra Rudilla.

(03/9.704/23)

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