Conforme a lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, modificado por la Ley Orgánica 1/2000, de 7 de enero, esta Secretaría General Técnica dispone la publicación, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, del Acuerdo que se transcribe como Anexo a la presente Resolución.
Madrid, a 10 de mayo de 2023.—El Secretario General Técnico, Manuel Galán Rivas.
ANEXO
ACUERDO DE 21 DE ABRIL DE 2023, DE LA COMISIÓN BILATERAL DE COOPERACIÓN ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO-COMUNIDAD DE MADRID EN RELACIÓN CON LA LEY 2/2023, DE 24 DE FEBRERO, DE COOPERATIVAS DE LA COMUNIDAD DE MADRID
La Comisión Bilateral de Cooperación Administración General del Estado-Comunidad de Madrid ha adoptado el siguiente acuerdo:
1.o Iniciar negociaciones para resolver las discrepancias manifestadas en relación con el artículo 112 de la Ley 2/2023, de 24 de febrero, de Cooperativas de la Comunidad de Madrid.
2.o Designar un grupo de trabajo para proponer a la Comisión de Bilateral de Cooperación la solución que proceda.
3.o Comunicar este Acuerdo al Tribunal Constitucional, a los efectos previstos en el artículo 33.2 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional, así como insertar el presente Acuerdo en el "Boletín Oficial del Estado" y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
La Ministra de Política Territorial, Isabel Rodríguez García.—El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, Enrique López López.
(03/7.996/23)