Madrid, a 11 de mayo de 2023.
REUNIDOS
De una parte, D.a María Concepción Dancausa Treviño, Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, nombrada mediante Decreto 47/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, actuando en virtud de las competencias que le otorga el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y el artículo 3.2.a) del Decreto 48/2019, de 10 de junio, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.
De otra, D. Óscar Olmos Centenera, en nombre y representación de la Asociación Murialdo, inscrita en el Registro de Asociaciones de la Comunidad de Madrid con el número 11.448, con domicilio social en calle Méndez Núñez, número 8, 28902 Getafe, con NIF G-80096449, actuando en uso de las facultades conferidas mediante escritura pública de sustitución de poder otorgada ante el notario del Ilustre Colegio de Madrid, D. Carlos Pérez Ramos, el 5 de octubre de 2018, con el número 2432 de su protocolo.
Ambos intervienen en nombre y representación de las instituciones señaladas, reconociéndose capacidad jurídica suficiente para suscribir la primera adenda de prórroga y
EXPONEN
Primero
El día 26 de octubre de 2022 se firmó el convenio entre la Comunidad de Madrid (a través de la Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Asociación Murialdo para desarrollar un servicio de prevención y atención a la infancia y la adolescencia en situación de desventaja y dificultad social con vigencia desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2023.
Segundo
La cláusula decimotercera del convenio contempla que las partes firmantes podrán acordar unánimemente su prórroga de conformidad con lo establecido en el artículo 49.h).2.o de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Tercero
Que todas las partes desean continuar colaborando en el desarrollo de un servicio de prevención y atención a la infancia y la adolescencia en situación de desventaja y dificultad social.
Cuarto
Que, en virtud del Informe emitido por la Intervención General de la Comunidad de Madrid de fecha de 30 de octubre de 2019, por el que se establecen los criterios de actuación en los expedientes plurianuales cuya tramitación se inicie a partir del 1 enero de 2020, la cuantía aportada por la Comunidad de Madrid se deberá imputar el importe correspondiente al mes de diciembre con cargo a los créditos del ejercicio siguiente.
Por ello, y en virtud de todo lo expuesto, las partes acuerdan la formalización de la primera prórroga del convenio mencionado, conforme a las siguientes
CLÁUSULAS
Primera
Prórroga
De conformidad con lo dispuesto en la cláusula decimotercera del convenio suscrito el día 26 de octubre de 2022, y dado que no se ha producido por ninguna de las partes denuncia expresa, se prorroga el mencionado convenio durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024.
Segunda
Financiación
1. El coste total del proyecto para desarrollar un servicio de prevención y atención a la infancia y adolescencia en situación de desventaja y dificultad social en la Comunidad de Madrid es de 140.561,08 euros, IVA exento.
2. La financiación a cargo de la Comunidad de Madrid ascenderá a la cantidad de 30.951,55 euros, IVA exento, que se realizará con cargo a la partida 25401 del programa 232F de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el ejercicio presupuestario 2024, salvo la imputación presupuestaria de la ejecución del mes de diciembre que se hará con cargo al presupuesto del ejercicio 2025.
Se procede a tramitar el gasto con el siguiente desglose:
Las cuantías aportadas por la Comunidad de Madrid se destinarán al cumplimiento de las obligaciones contenidas en la cláusula segunda del convenio que se prorroga, particularmente, para financiar y participar en un 22,02 por 100 del coste anual que supone la atención individual de los menores incluidos en el proyecto socio-educativo objeto del presente convenio, es decir, un importe anual por menor de 507,40. Por tanto, dicha aportación económica está vinculada al número de menores atendidos en cada uno de los recursos participantes.
Todo ello, adicionalmente del apoyo técnico y favorecimiento del desarrollo de las actividades objeto del mismo en cada uno de los recursos donde se implemente, potenciando la intervención con los menores atendidos en proyectos de carácter preventivo, de formación y ocio saludable.
3. La Asociación Murialdo aportará al proyecto los medios humanos y materiales necesarios por valor de 109.609,53 euros, IVA exento.
Las cuantías aportadas por la Asociación Murialdo se destinarán al cumplimiento de los compromisos adquiridos en virtud de la cláusula tercera de este Convenio, en particular, a sufragar los gastos de personal, medios materiales, instalaciones, bienes y suministros necesarios para la intervención con los menores atendidos en los recursos y entidades relacionados en el Anexo adjunto del Convenio que se prorroga. Dicha participación económica supone el 77,98 por 100 del coste anual de la atención individual de los menores incluidos en el proyecto socioeducativo objeto del convenio que se prorroga, es decir, un importe por menor en el año 2024 de 1.796,88 euros.
Y para que así conste y en prueba de conformidad de las partes, se firma la primera adenda de prórroga del convenio, siendo la fecha de formalización de la misma la que figure en el encabezamiento.
Madrid, a 11 de mayo de 2023.—La Consejera de Familia, Juventud y Política Social de la Comunidad de Madrid, María Concepción Dancausa Treviño.—El Representante de la Asociación Murialdo, Óscar Olmos Centenera.
(03/8.620/23)