Consejería de medio ambiente, vivienda y agricultura - Otras disposiciones (BOCM nº 2023-121)

ACUERDO de 10 de mayo de 2023, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Alcalá de Henares, en el ámbito del "Acuartelamiento Primo de Rivera" Sector 22-A.

I. El "Acuartelamiento Primo de Rivera", ubicado al noreste del núcleo urbano de Alcalá de Henares, cuenta con una superficie de 429.050,26 m2 en la que se integran las instalaciones militares de la Brigada Paracaidista.

La finca en la que se asienta el acuartelamiento fue adquirida por el Estado a la Diputación Provincial de Madrid mediante escritura pública otorgada el 28 de octubre de 1948, destinándola a la actividad del ministerio del Ejército.

En el vigente Plan General de Ordenación Urbana de Alcalá de Henares (aprobado en 1991) el "Acuartelamiento Primo de Rivera" constituye el Sector 22-A de suelo urbano de dominio público y uso militar.

El acuartelamiento se divide entre la zona de edificaciones de uso militar, que ocupa el norte y el centro de la finca y la zona de viviendas militares, denominada "Colonia Militar de Viviendas Primo de Rivera", que se ubica en la zona sur con una superficie total de 63.070,20 m2 y una superficie construida de 10.653,18 m2, dividida en 96 parcelas de uso residencial (93 construidas y 3 sin edificar) y una parcela destinada a equipamiento.

La ordenación urbanística de la colonia de viviendas corresponde a una estructura ortogonal con dos calles principales que discurren de norte a sur, tres calles transversales que discurren este-oeste y otras dos calles situadas al este. Las calzadas están asfaltadas y todas las calles cuentan con aceras. El viario se acompaña de arbolado (pinos en su gran mayoría).

La colonia de viviendas dispone de los servicios e infraestructuras básicos. Cuenta con red de saneamiento de carácter unitario con vertido al alcantarillado municipal en dos puntos, abastecimiento de agua mediante conexión a la conducción existente en la Avenida Meco. La acometida de red eléctrica es de titularidad de Iberdrola y se realiza a través de centro de transformación alimentado por una línea aérea de media tensión cuyo trazado se encuentra al suroeste del ámbito.

La urbanización dispone de red de distribución de gas natural de titularidad de Madrileña de Gas, S. A. Asimismo, cuenta con distribución aérea de Telefonía de titularidad de la Compañía Telefónica de España, S. A. que acomete a la canalización de telefonía fija existente en la Avenida Meco.

Las parcelas que configuran la colonia de viviendas se incorporaron al patrimonio del antiguo Instituto de la Vivienda de las Fuerzas Armadas INVIFAS (actualmente Instituto de Vivienda, Infraestructura y Equipamiento de la Defensa INVIED) mediante Instrucción número 31/2000, de 17 de febrero, del Subsecretario de Defensa.

Posteriormente la Orden del Ministerio de Defensa número 185 de 6 de septiembre de 2001, configura las viviendas de la colonia como enajenables, en aplicación de lo dispuesto en la Ley 26/1999, de 9 de julio, de Medidas de Apoyo a la Movilidad Geográfica de los Miembros de las Fuerzas Armadas.

II. La configuración como enajenables de las viviendas que integran la colonia militar hace necesaria la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Alcalá de Henares, con el fin de cambiar la calificación urbanística del terreno en el que se asienta, que deja de considerarse suelo urbano de uso militar y dominio público para pasar a ser suelo urbano consolidado de uso global residencial.

La modificación se lleva cabo a iniciativa del Ayuntamiento de Alcalá de Henares, cuyo Pleno, inicialmente, la aprobó de forma provisional con fecha 17 de mayo de 2016, reiterando dicha aprobación con fecha 20 de julio de 2021 y 15 de noviembre de 2022.

El cambio de calificación supone que la superficie de la colonia militar se desgaja de la superficie del "Acuartelamiento Primo de Rivera", creándose un Área Homogénea de suelo urbano consolidado de uso global residencial (AH.01) que se regula a través de una nueva Clave de Ordenación 08 "Residencial Unifamiliar AH.01. Mantenimiento de la Edificación".

También se crea una nueva clave de ordenación para la regulación de los equipamientos y servicios (Clave 40-A: "Equipamientos y Servicios del AH-01 Colonia militar Primo de Rivera"). La regulación de la colonia se completa con la Clave de Ordenación 50 Espacios Libres (grado 1) ya existente en el Plan General de Ordenación Urbana de Alcalá de Henares.

El resto de la superficie del "Acuartelamiento Primo de Rivera" mantiene su calificación de suelo urbano de uso militar y dominio público.

III. En consecuencia, la Modificación Puntual conlleva los siguientes cambios en el Plan General de Ordenación Urbana de Alcalá de Henares:

— Incorporación de una nueva clave de ordenación para la regulación del uso residencial de la "Colonia Militar de Viviendas Primo de Rivera" (Clave 08: "Residencial Unifamiliar AH.01. Mantenimiento de la edificación".).

— Incorporación de una nueva clave de ordenación para la regulación de los equipamientos y servicios de la colonia (Clave de 40-A: "Equipamientos y Servicios del AH-01 Colonia militar Primo de Rivera").

— Incorporación de la Ficha del Área Homogénea AH.01 "Colonia de Viviendas Militares Primo de Rivera".

— Modificación de los Planos de Sectorización número de orden 2 (hoja 535), número de orden 3 (hoja 560), número de orden 4 (página 560).

— Modificación de los Planos de Clasificación número de orden 10 (hoja 535), número de orden 12 (hoja 560) y número de orden 13 (hoja 560).

— Modificación de los Planos de Calificación número de orden 45 (hoja 535), número de orden 52 (hoja 560) y número de orden 53 (hoja 560).

— Modificación de los Planos de Códigos número de orden 113 (hoja 535), 120 (hoja 560) y 121 (hoja 560).

— Incorporación de los Planos de Ordenación del nuevo Área Homogénea AH.01 "Colonia de Viviendas Militares Primo de Rivera":

• Plano número O1. Viario, Alineaciones, Rasantes y Parcelación.

• Plano número O2. Alineaciones existentes y propuestas.

• Plano número O3. Calificación. Usos y Ordenanzas.

• Plano número O4. Ordenación General.

• Plano número O5. Cesiones de Suelo.

• Plano número O6. Red de Abastecimiento e Hidrantes.

IV. En cuanto al procedimiento ambiental, con fecha 9 de junio de 2021, la propuesta fue valorada favorablemente en el Informe Ambiental Estratégico emitido por la entonces denominada Dirección General de Sostenibilidad y Cambio Climático de la Consejería de Medio Ambiente, Ordenación del Territorio y Sostenibilidad.

V. En relación con el análisis y valoración de la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Alcalá de Henares, en el ámbito del "Acuartelamiento Primo de Rivera" Sector 22-A, con fecha 29 de marzo de 2023, la Dirección General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura ha emitido informe técnico favorable a su aprobación definitiva por el Consejo de Gobierno. Asimismo, con fecha 20 de abril de 2023 ha emitido informe jurídico favorable a la mencionada aprobación.

VI. En cuanto a la tramitación administrativa seguida, se han cumplido los trámites previstos en el artículo 57 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, citada, que regula el procedimiento de aprobación de los Planes Generales y de sus Modificaciones y Revisiones en su fase municipal.

VII. La Comisión de Urbanismo de Madrid, en su sesión de 27 de abril de 2023, aceptando la propuesta formulada por la Dirección General de Urbanismo de 20 de abril de 2023, informó favorablemente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Alcalá de Henares, en el ámbito del "Acuartelamiento Primo de Rivera" Sector 22-A.

VIII. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.1 de la mencionada Ley 9/2001, de 17 de julio, corresponde al Consejo de Gobierno, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, la aprobación definitiva de todos los Planes Generales y de Sectorización y sus revisiones, así como la aprobación de las modificaciones que correspondan a municipios con población de derecho superior a 15.000 habitantes, circunstancia que concurre en el presente supuesto.

IX. Conforme a lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la citada Ley 9/2001, de 17 de julio, y a efectos de garantizar su publicidad, previo a la publicación del presente acuerdo, se depositará un ejemplar del expediente en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, sita en la calle Alcalá, número 16, 5.a planta, de Madrid, donde podrá ser consultado.

Una vez publicado el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, corresponde al Ayuntamiento publicar en dicho diario oficial el contenido íntegro de la parte del planeamiento que exija la legislación de régimen local, de acuerdo con el artículo 66.1.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, como señala la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid de 24 de abril de 2009.

En su virtud, previo informe de la Comisión de Urbanismo de Madrid, adoptado en la sesión celebrada el 27 de abril de 2023, a propuesta de la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, el Consejo de Gobierno, previa deliberación en su reunión del día 10 de mayo de 2023,

ACUERDA

Primero

Aprobar definitivamente la Modificación Puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Alcalá de Henares, en el ámbito del "Acuartelamiento Primo de Rivera Sector 22-A".

Segundo

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de acuerdo con lo previsto en el artículo 66.1.a) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a su publicación, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estimen oportunos deducir.

Madrid, a 10 de mayo de 2023.

La Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, PALOMA MARTÍN MARTÍN

La Presidenta, ISABEL DÍAZ AYUSO

(03/8.158/23)

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