El Gobierno invertirá 1,85 millones en subvencionar la restauración de ermitas, iglesias, retablos y demás elementos singulares patrimoniales

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Estas ayudas, que permiten financiar hasta el 90% de los proyectos, representan un apoyo clave de la Administración regional a las entidades locales en su deber de conservar bienes culturales de la Comunidad

El Consejo de Gobierno ha autorizado en su reunión de hoy, día 13, el gasto de 1.845.000 euros en la convocatoria de subvenciones destinadas a entidades locales para la restauración de ermitas, iglesias, retablos y demás elementos singulares. Estas ayudas representan un apoyo económico fundamental para los distintos ayuntamientos en su deber de conservación, protección y mantenimiento de los edificios y elementos de patrimonio sitos en sus términos municipales. Las ayudas permiten financiar hasta el 90% de los proyectos.

La partida aprobada supone un incremento en términos relativos del 68,2% respecto a la última convocatoria y se distribuirá en dos anualidades: 1.345.000 euros en 2024 y 500.000 euros en 2025.

Los titulares de los bienes del patrimonio de La Rioja están obligados a protegerlos, conservarlos y mantenerlos debidamente para evitar su pérdida y deterioro, y, en el caso de las entidades locales, estas subvenciones autonómicas completan el apoyo necesario para la correcta gestión de los elementos patrimoniales.

Las ayudas tienen como objeto, mediante la financiación parcial de los gastos de capital, la restauración de ermitas, iglesias, retablos y demás elementos singulares ubicados en La Rioja, tales como picotas, fuentes, cruceros, pináculos y otros de semejante naturaleza, con valor cultural, histórico y artístico. La concesión se tramitará por el procedimiento ordinario de concurrencia competitiva.

Una vez aprobada la inversión por el Consejo de Gobierno, se publicará la orden 6/2006, de 17 de febrero, conocida popularmente como la 'Orden de Ermitas', que establecerá las bases reguladoras y el procedimiento de concesión de las subvenciones. Esta orden se ha revelado históricamente como una de las principales herramientas de conservación del patrimonio riojano.

Podrán ser objeto de financiación tanto obras ejecutadas en la fecha de publicación de la presente convocatoria, siempre que hayan sido finalizadas durante los años 2023 ó 2024 (extremo que deberá acreditarse con la presentación del certificado final de obra); obras iniciadas y en curso de ejecución, siempre que la fecha prevista de finalización esté comprendida dentro de los años 2024 y 2025; y obras aún no iniciadas en la fecha de publicación de la convocatoria, siempre que su fecha prevista de finalización esté comprendida dentro de los años 2024 y 2025.

Las solicitudes y documentos se presentarán por vía telemática (http://www.larioja.org/oficina-electronica/es) en el plazo de 20 días hábiles a partir del día siguiente en el que la presente resolución (extracto de la convocatoria) sea publicada en el Boletín Oficial de La Rioja (BOR). Una Comisión de Evaluación valorará las propuestas y resolverá en el plazo máximo de seis meses.

Criterios de concesión

a) Urgencia o necesidad de la restauración: hasta 30 puntos.

b) Singularidad e interés cultural, histórico y artístico del bien:

    - Bien de Interés Cultural: 20 puntos.

    - Otras categorías de protección patrimonial, autonómica o local: hasta 15 puntos.

c) Adecuado estado de conservación del bien: hasta 10 puntos.

d) Interés de las actuaciones propuestas en la documentación técnica y su adecuación a los objetivos de esta Orden y los de la Ley 7/2004, de 18 de octubre, de Patrimonio Cultural, Histórico y Artístico de La Rioja: hasta 10 puntos.

e) Calidad del proyecto técnico de restauración: hasta 5 puntos.

 f) Continuidad en las actuaciones de restauración realizadas con anterioridad en la ermita, iglesia, retablo o elementos singulares: hasta 5 puntos.

 

 

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