Información pública: limitaciones a la utilización de productos fitosanitarios que contengan prosulfocarb en el cultivo del cereal de invierno en la campaña 2023/2024
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Queremos regular mediante una Orden las limitaciones relativas a la utilización de productos fitosanitarios que contengan la materia activa prosulfocarb en el cultivo de cereal de invierno, en la campaña agrícola 2023/2024.
Propuesta inicial
La disposición cuyo procedimiento de elaboración se inicia, tendrá por objeto establecer limitaciones temporales en lo relativo a la utilización de productos fitosanitarios que contengan la materia activa prosulfocab en el cultivo de cereal de invierno en la campaña agrícola 2023/2024 en la Comunidad Autónoma de La Rioja. Dicha suspensión tendrá efecto desde la entrada en vigor de la orden hasta el 1 de diciembre de 2023, en los municipios o polígonos indicados en el anexo I de la norma que se tramita.
Diagnóstico breve
En el marco de las inspecciones realizadas dentro de los programas del Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria, la Administración de la CAR ha detectado en los últimos años la presencia de trazas del herbicida prosulfocarb en olivas destinadas a la producción de aceite.
El uso de esta materia activa para el cultivo del olivo no está permitido. Por lo tanto, no es admisible la presencia de este residuo en olivas destinadas a la producción de aceite, a pesar de que en todos los casos se ha detectado por debajo de los Límites Máximos de Residuos establecidos por la UE, no suponiendo por tanto un riesgo para la salud.
Se ha constatado que el origen de este residuo no es consecuencia de un mal uso por parte de los olivicultores de productos fitosanitarios con esta materia, sino del empleo de éstos en parcelas de cereal en las que sí está autorizada su aplicación. La contaminación de las parcelas de olivo, se produce por derivas del producto a grandes distancias, proveniente de dichas parcelas de cereal.
Habitualmente, la presencia de trazas de productos fitosanitarios provocadas por contaminación por deriva de unas producciones agrarias a otras, se consigue mitigar mediante la implementación de las Buenas Prácticas Agrarias, así como con la introducción de medidas de mitigación específicas, establecidas en las fichas del Registro de Productos Fitosanitarios del MAPA.
Sin embargo, en el caso de productos a base de la materia prosulfocarb, estas medidas están resultando insuficientes a la hora de solventar el problema. Esto se debe a la elevada volatilidad del producto, y a la liposolubilidad del mismo, que provoca que el aceite contenido en las olivas retenga el producto. Las limitaciones en lo relativo a la utilización del prosulfocarb se han demostrado eficaces.
Este contexto obliga a la Administración pública a tomar medidas extraordinarias temporales que incrementen la seeguridad alimentaria y la calidad de los aceites riojanos.
Objetivos
- Regular el empleo de productos fitosanitarios a base de prosulfocarb en aquellas zonas de La Rioja en las que se hayan detectado problemas, estableciendo limitaciones temporales de uso.
- Establecer bandas de seguridad para el uso de estos productos en parcelas limítrofes a fincas de olivo sin cosechar.
- Elaborar un Plan específico de control de productos formulados con la materia activa prosulfocab.
- Establecer recomendaciones de uso del producto que traten de mitigar el impacto una vez permitido su empleo.
Alternativas
No se contemplan por nuestra parte.