Trámite de audiencia. Orden por la que se modifica los anexos del Decreto 23/2009, de 15 de mayo, para la regulación de la acreditación, uniformidad e imagen institucional de los Agentes Forestales de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Estas imágenes pertenecen a larioja.org
Regulación de la uniformidad, distintivos, insignias e imagen corporativa de los vehículos
Propuesta inicial
Evitar confusiones y duplicidades en los elementos distintivos y garantizar una imagen más nítida y diferenciada del personal del colectivo de Agentes Forestales como agentes de la autoridad.
Así como facilitar el acercamiento de los ciudadanos a las labores realizadas por los Agentes Forestales y garantizar una correcta imagen de la Administración Autonómica.
Diagnóstico breve
La función del uniforme es distinguir a los Agentes Forestales en el ejercicio de sus funciones, dado su carácter de agente de la autoridad, de otras personas y colectivos, pero también debe reunir las características técnicas y de comodidad que permitan desempeñar a los agentes su labor en el medio natural
Por su parte la identificación de los vehículos oficiales debe garantizar el objetivo de proximidad y presencia de los Agentes Forestales entre los ciudadanos siendo necesario llevar a cabo una regulación de la imagen de los mismos, de manera que el vehículo oficial se ajuste a los distintivos previstos en el Decreto 10/2022, de 2 de marzo, por el que se actualiza la Identidad Gráfica Corporativa del Gobierno de La Rioja.
Finalmente, en la actualidad y considerando la complejidad de algunas de las funciones que realizan los Agentes Forestales, sobre todo en el ámbito de la custodia y policía de la riqueza forestal, la actividad cinegética y piscícola, es necesario documentos que los identifiquen y los acrediten como autoridad.
Objetivos
Regular la acreditación de los Agentes Forestales, mediante tarjeta acreditativa, NIP y divisas/insignias.
Recoger las características de la uniformidad de los Agentes Forestales
Regular la imagen de los vehículos pertenecientes al colectivo de Agentes Forestales de manera uniforme.
Alternativas
No se contemplan.