Consulta previa: cualificaciones profesionales del personal de atención directa de los centros y servicios de servicios sociales
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Queremos modificar la Orden PSO/52/2018, de 31 de julio, por la que se determinan las cualificaciones profesionales del personal de atención directa: cuidador/gerocultor, auxiliar de ayuda a domicilio y asistente personal, de los centros y servicios de servicios sociales y el procedimiento para la obtención de la habilitación excepcional y de la habilitación provisional
Propuesta inicial
Desarrollar en el ámbito de la competencia normativa en servicios sociales que corresponde a la CAR el Titulo Segundo: "Calidad en el empleo" de la Resolución de 28 de julio de 2022, de la Secretaría de Estado de Derechos Sociales, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, sobre criterios comunes de acreditación y calidad de los centros y servicios como se determina en el apartado trigésimo octavo de la misma
Diagnóstico breve
Existencia en el ámbito de la atención a la dependencia de profesionales sin cualificación profesional pero que cuentan con experiencia profesional acreditable en el sector y/o con formación relacionada con las competencias profesionales que se pretenden acreditar
Objetivos
- Garantizar la calidad en el cuidado de las personas dependientes y en la prestación de los servicios
- Contribuir a la estabilidad en el empleo y profesionalización de los trabajadores del sector.
Alternativas
No existen soluciones alternativas, aparte de la habilitación competencial ya mencionada contenida en el art. 6.1.m) de nuestra Ley de Servicios Sociales, esta regulación se hace necesaria como consecuencia del Acuerdo del Consejo Territorial de Servicios Sociales recogido en la resolución de 28 de julio de 2022 ya mencionada.