Consulta previa: creación y regulación del Consejo LGTBI de La Rioja

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Queremos aprobar un Decreto que cree y regule el Consejo LGTBI de La Rioja

Propuesta inicial

El artículo 9.2 de la Constitución Española establece la obligación de los poderes públicos de promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de los individuos y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas, remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. A su vez, el artículo 14 consagra el derecho fundamental a la no discriminación por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

En el mismo sentido el Estatuto de Autonomía de La Rioja establece en su artículo 7 que "Corresponde a los poderes públicos de la Comunidad Autónoma de La Rioja, en el ámbito de sus competencias, promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integran sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. (...)"

La Ley 2/2022, de 23 de febrero, de igualdad, reconocimiento a la identidad y expresión de género y derechos de las personas trans y sus familiares en la Comunidad Autónoma de La Rioja, regula en su disposición adicional tercera que se creará el Consejo LGTBI de La Rioja integrado por representantes de los colectivos LGTBI y representantes de la Administración con competencias en el articulado de  la misma.

Por estos motivos resulta necesario regular la creación del Consejo LGTBI de La Rioja así como su composición, organización y funcionamiento en desarrollo de la citada Ley 2/2022, de 23 de febrero, como órgano colegiado que garantice la participación de entidades y personas implicadas en la defensa de los derechos y libertades de las personas LGTBI.

Diagnóstico breve

Con fecha 24 de febrero de 2022 se publicó en el Boletín Oficial de La Rioja la Ley 2/2022, de 23 de febrero, de igualdad, reconocimiento a la identidad y expresión de género y derechos de las personas trans y sus familiares en la Comunidad Autónoma de La Rioja. Esta ley tiene por objeto regular los principios, medidas y procedimientos para garantizar el derecho de toda persona en la Comunidad de La Rioja a no ser discriminada por razón de su orientación sexual, identidad o expresión de género, así como recibir una atención integral y adecuada a sus necesidades en igualdad de condiciones que el resto de la ciudadanía.

Uno de los principios rectores que inspiran esta ley es el de amparar la participación de las entidades que trabajen principalmente a favor de los derechos de las personas LGTBI.

La disposición adicional tercera regula que: "Se creará el Consejo LGTBI de La Rioja en el plazo de seis meses desde la entrada en vigor de la presente ley. Este Consejo estará integrado por representantes de los colectivos LGTBI y representantes de la Administración con competencias en el articulado de  la citada ley. Este Consejo dependerá de la consejería competente en la materia.

Sin perjuicio de lo que disponga la normativa reglamentaria sobre la composición, organización y funciones, corresponderá al Consejo LGTBI de La Rioja elaborar un dictamen, que con el informe contemplado en la disposición segunda será remitido al Parlamento."

En la actualidad no existe ningún órgano colegiado que garantice la participación de entidades y personas que trabajan por la igualdad y no discriminación de las personas LGTBI y por sus derechos y libertades. A partir de la aprobación de la Ley citada 2/2022, de 23 de febrero, la creación de un órgano que garantice su participación, además de resultar necesaria, deviene obligada, en garantía de las medidas establecidas en la misma.

Por lo expuesto, con la aprobación de la presente norma se pretende posibilitar la participación de las personas destinatarias de las medidas, en las decisiones e implementación de las acciones que se desarrollen.

Objetivos

  • Garantizar la participación de personas y entidades que trabajan en la defensa de los derechos y las libertades de las personas LGTBI.
  • Fomentar la cooperación entre la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, las administraciones competentes en su ámbito de aplicación y aquellas asociaciones que desarrollan su labor en la Comunidad Autónoma de la Rioja y que trabajan en el ámbito de la igualdad y la no discriminación de las personas LGTBI.

Alternativas

No hay alternativas a considerar.

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