Delegación de competencias del Alcalde en el Concejal titular del Área de Urbanismo, Espacio Público, Infraestructuras y Ciudad Circular
De conformidad con lo establecido en el artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del sector público, y 39.4. del Reglamento de Organización y Funcionamiento del Ayuntamiento de Logroño, se publica, para general conocimiento, la Resolución de Alcaldía número 5751/2024, de fecha 24 de julio de 2024, de Delegación de funciones de la Alcaldía del Ayuntamiento de Logroño con el siguiente tenor literal:
Delegación de competencias del Alcalde en el Concejal titular del Área de Urbanismo, Espacio Público, Infraestructuras y Ciudad Circular.
Esta Alcaldía teniendo en cuenta lo establecido en los articulo 124.4 y 5 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, facultando al Alcalde para delegar determinadas competencias en los miembros de la Junta de Gobierno Local,
RESUELVE
Primero. Delegar en el Concejal titular del Área de Urbanismo, Espacio Público, Infraestructuras y Ciudad Circular, Iñigo López Araquistain Oserín, miembro de la Junta de Gobierno Local, y dentro de los sectores de actividad de su competencia, las siguientes funciones y facultades que corresponde a esta Alcaldía:
- La concesión de las licencias ambientales.
- La concesión de licencias de vados.
- Las autorizaciones de pruebas deportivas cuando discurran integra y exclusivamente por el casco urbano, excluidas las travesías.
- Las reservas de espacios para aparcamiento.
Segundo. La competencia aquí delegada, incluye la realización de todos los trámites que la normativa vigente asigna al Alcalde, incluidos la resolución de todas las reclamaciones y recursos.
Tercero. En los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite al Concejal titular del Área de Urbanismo, Espacio Público, Infraestructuras y Ciudad Circular el ejercicio de las atribuciones aquí delegadas, estas se ejercerán por el Concejal Delegado, Ángel Andrés Royo.
Cuarto. La presente delegación surtirá efecto desde el momento de la adopción de la presente Resolución, sin perjuicio de la preceptiva publicación en el Boletín Oficial de La Rioja y en la web municipal.
Quinto. Las resoluciones dictadas en el ejercicio de las funciones aquí delegadas indicarán expresamente dicha circunstancia mediante la mención de la Resolución y de su fecha.
Sexto. De esta delegación se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que se celebre.
Logroño a 24 de julio de 2024.- El Alcalde, Conrado Escobar Las Heras.