Constitución del coto de caza LR-10.071
La Sociedad de Caza la Ermita ha solicitado la creación de un coto de caza, con una superficie de 848,97 hectáreas, incluidas en los términos municipales de Cordovín (459,61 ha), Nájera (113,47 ha), Canillas de Río Tuerto (102,3 ha), Cañas (81,10 ha), Alesanco (54,01 ha) y Badarán (38,48 ha), no incluyendo terrenos del Catálogo de Montes de Utilidad Pública, para lo cual ha acreditado la cesión de los derechos cinegéticos del 42,18% de la superficie del coto solicitado. Por lo tanto, en virtud del artículo 23 de la Ley 8/2022, de 24 de junio, de caza y gestión cinegética de La Rioja, y el artículo 33 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto 17/2004 de 27 de febrero, puede tramitarse el expediente de creación de dicho coto, cuyos límites son los siguientes:
- Norte: Términos Municipales de Alesanco y Canillas de Río Tuerto (coto de caza LO-10.082).
- Sur: Término Municipal de Badarán (coto de caza LO-10.107).
- Este: Término Municipal de Nájera (cotos de caza LO-10.114 y LO-10.070).
- Oeste: Términos Municipales de Cañas (coto de caza LO-10.203) y Villar de Torre (coto de caza LO-10.096).
Dichos límites pueden consultarse a través de la aplicación de gestión telemática de Cotos de caza del Gobierno de La Rioja.
Lo que se hace público para general conocimiento y en particular de los posibles afectados, pudiendo quienes se consideren perjudicados dirigir por escrito las reclamaciones pertinentes ante la Dirección General de Medio Natural y Paisaje en Logroño, calle Prado Viejo, 62-Bis, o en los Ayuntamientos de Cordovín, Nájera, Canillas de Río Tuerto, Cañas, Alesanco o Badarán, de dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, plazo durante el cual estará de manifiesto el expediente en horario de atención al público en las oficinas de la Dirección General de Medio Natural y Paisaje.
Logroño a 18 de julio de 2024.- El Director General de Medio Natural y Paisaje, Ignacio Sáenz de Urturi Sánchez.