Resolución de 11 de julio de 2024, del Gerente de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, por la que se convocan pruebas selectivas para la contratación temporal, en régimen de derecho laboral, de un puesto de Técnico Operativo, Nivel 6, para la ejecución del proyecto europeo Tech Fablab, dentro de la ejecución del componente 13 del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

De conformidad con el artículo 13.1.a) de la Ley 7/1997, de 3 de octubre, de creación de la Agencia de Desarrollo Económico de la Comunidad Autónoma de La Rioja, con el fin de atender las necesidades de personal de la Entidad, y en ejercicio de la función que le asigna el artículo 16 j) del Decreto 22/2016, de 6 de mayo, por el que se aprueban los Estatutos de la Agencia de Desarrollo Económico de la Comunidad Autónoma de La Rioja, el Gerente de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja dispone convocar pruebas selectivas para la contratación temporal, en régimen de derecho laboral, de un puesto de Técnico Operativo.

Logroño a 11 de julio de 2024.- El Gerente, Luis Pérez Echeguren.



Bases de la convocatoria

Base 1. Normas generales.

1.1. Objeto de la convocatoria: Se convocan pruebas selectivas para la contratación temporal, en régimen de derecho laboral, de un puesto de Técnico Operativo, con las siguientes características:

- Régimen jurídico: Contratación en régimen de derecho laboral. Contrato temporal.

- Jornada: Completa.

- Categoría profesional: Técnico Operativo, Nivel 6, conforme a la clasificación profesional del Reglamento Interno de Funcionamiento de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (Grupo A2).

- Retribuciones brutas anuales: 30.372,86 euros.

- Periodo de prueba: 6 meses.

1.2. Serán funciones del puesto de trabajo las siguientes:

- Presentación, gestión, tramitación, control, supervisión y justificación de la financiación regional, nacional o europea obtenida para la puesta en marcha y desarrollo de proyectos financiados con fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

- Gestión, tramitación, control y justificación de programas, subvenciones, ayudas, planes, estrategias y proyectos vinculados a proyectos financiados con fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

- Gestión, tramitación y control de licitaciones públicas vinculadas al despliegue de proyectos financiados con fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

- Reporte jurídico/administrativo/económico de proyectos financiados con fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

- Alta y gestión de actuaciones en la plataforma nacional de gestión de fondos europeos COFFEE.

- Desarrollo y supervisión de programas de emprendimiento e innovación digital.

- Preparación y celebración de eventos de difusión. Gestión de contenidos en páginas web.

1.3. El procedimiento de selección de los aspirantes constará de dos fases sucesivas y eliminatorias, siguientes:

1.3.1. Primera Fase:

Valoración curricular, con objeto de valorar las aptitudes y actitudes de los candidatos y el grado de adaptación de su perfil al establecido para desarrollar las funciones del puesto de trabajo, tanto teórico como práctico.

Se valorará la experiencia y formación en los siguientes aspectos:

1. Experiencia en la gestión de proyectos de colaboración público-privada.

2. Experiencia en la elaboración de documentación técnico/jurídica para licitaciones, justificación de subvenciones y programas.

3. Experiencia en entidades de administración pública.

4. Experiencia en proyectos públicos de Incubación, Escalado de empresas y emprendimiento.

5. Experiencia en gestión, coordinación y desarrollo de proyectos vinculados al ámbito de la I+D+I y/o el sector tecnológico.

6. Experiencia en reporte jurídico/administrativo/económico en proyectos financiados por fondos del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

7. Experiencia en Centros Tecnológicos/Parques Científico-Tecnológicos u Organismos Públicos o privados de investigación.

8. Formación en cualquiera de las áreas de conocimiento descritas anteriormente.

Se valorará un punto por el cumplimiento de cada uno de los méritos en cada uno de los aspectos anteriores objeto de ponderación con un máximo de ocho (8) puntos.

Pasarán a la siguiente fase de proceso selectivo, aquellos aspirantes que hayan obtenido, al menos, dos (2) puntos.

Para acreditar el cumplimiento de los aspectos a valorar, se deberá presentar un currículum vitae con indicación de las fechas concretas de inicio y fin de cada experiencia profesional, así como las funciones realizadas y formación académica cursada. Podrá acompañarse de la documentación acreditativa que, a juicio del aspirante, avale la experiencia y formación descritas en el currículum vitae.

1.3.2. Segunda Fase:

Consistirá en una entrevista personal donde se valorarán las habilidades digitales, la capacidad de comunicación y trabajo en equipo.

La valoración de esta prueba será de un máximo de dos (2) puntos.

Con el fin de cumplir los principios de igualdad y publicidad, la Comisión de Selección procederá a la fijación de los criterios de corrección y valoración de los ejercicios, que serán puestos en conocimiento del personal aspirante antes de su realización.

La calificación final de las pruebas vendrá determinada por la suma de las puntuaciones obtenidas en las dos fases del proceso selectivo.

Superará el proceso de selección el candidato que haya obtenido mayor puntuación en total (suma de valoración de primera y segunda fase). En caso de empate, el orden de prelación se establecerá atendiendo a la puntuación máxima obtenida, por este orden y hasta obtener el desempate, en las fases primera y segunda, sucesivamente.

Base 2. Requisitos de los aspirantes.

Para ser admitidos a las pruebas selectivas, será necesario que los aspirantes reúnan, a la fecha de finalización del plazo de presentación de la solicitud, los siguientes requisitos:

2.1. Requisitos generales:

a) Tener nacionalidad española.

También podrán participar, en igualdad de condiciones que los españoles:

- Los nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea.

- El o la cónyuge de las personas españolas y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, cualquiera que sea su nacionalidad, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones, podrán participar los descendientes menores de veintiún años o mayores de dicha edad que sean dependientes.

- Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de trabajadores.

b) Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder la edad máxima de jubilación forzosa.

c) No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.

d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial por resolución judicial para empleos y cargos públicos, para el acceso a cuerpos y escalas de funcionarios, ni pertenecer al mismo cuerpo o escala a cuyas pruebas selectivas se refiere la presente convocatoria. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.

2.2. Requisitos específicos.

a) Estar en posesión de cualquiera de las siguientes titulaciones o haber acabado los estudios para su obtención y abonado los derechos para su expedición, a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes: Grado, Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico.

De conformidad con lo establecido en la Disposición adicional primera del Real Decreto 1272/2003, de 10 de octubre, por el que se regulan las condiciones para la declaración de equivalencia de títulos españoles de enseñanza superior universitaria o no universitaria a los títulos universitarios de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, se considerará equivalente al título de Diplomatura Universitaria el haber superado los tres primeros cursos completos de los estudios conducentes a la obtención de cualquier título oficial de licenciatura, Arquitectura o Ingeniera, o el primer ciclo correspondiente a dichos estudios, siempre que este primer ciclo contenga una carga lectiva mínima de 180 créditos.

Los aspirantes con titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación. Este requisito no será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las profesiones reguladas, al amparo de las Disposiciones de Derecho Comunitario.

b) Experiencia mínima de un año en la gestión, seguimiento y/o justificación de proyectos cofinanciados de ámbito regional, nacional o comunitario.

A efectos de comprobación de la experiencia laboral requerida, deberá incluirse en el currículum vitae presentado especificación, de la forma más pormenorizada posible, de la actividad realizada, así como del período o periodos continuados en que aquella se desarrolló, aportando necesariamente copia de los documentos para acreditar la experiencia requerida en la convocatoria (certificados de vida laboral, contratos, certificados de empresa. etc.) u otros documentos donde conste la experiencia exigida.

No obstante, el órgano de selección podrá requerir a los candidatos la documentación justificativa de los méritos alegados que considere necesarios para su verificación y ponderación.

c) Carnet de conducir B.

Base 3. Publicidad de la convocatoria y de las pruebas del proceso selectivo.

La presente convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de La Rioja.

Todas las listas y llamamientos que se realicen en proceso selectivo, se harán públicas en el procedimiento habilitado al efecto en la dirección (https://www.ader.es/sede-electronica/procesos-selectivos/).

Base 4. Presentación de solicitudes telemáticas y documentación a aportar.

La totalidad de los trámites del proceso selectivo se realizará de forma electrónica, a través de la sede electrónica de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, en el procedimiento habilitado en la dirección (https://www.ader.es/sede-electronica/procesos-selectivos/).

No se admitirá ninguna solicitud que no haya sido presentada a través de la dirección indicada.

Las personas aspirantes podrán actuar por medio de representante para los actos en que proceda, entendiéndose con éste las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contrario de la persona interesada. La representación deberá acreditarse por cualquier medio válido en derecho, que deje constancia fidedigna de su existencia.

La solitud de participación en la convocatoria se realizará telemáticamente en la dirección anterior en el plazo de 20 días hábiles a partir de la publicación de la presente convocatoria, careciendo de validez jurídica cualquier otro medio de presentación y aportando la siguiente documentación en el procedimiento habilitado en la dirección (https://www.ader.es/sede-electronica/procesos-selectivos/), que irá acompañada de:

a) Impreso de solicitud tipo que podrá descargarse en el proceso habilitado al efecto en la dirección (https://www.ader.es/sede-electronica/procesos-selectivos/)

b) Título académico, conforme lo establecido en el apartado 2.2.a)

c) Currículum vitae

d) Documentación acreditativa de la experiencia profesional y formación, conforme a lo establecido en los apartados 1.3.1. y 2.2.b) de la presente convocatoria

e) Carnet de conducir B.

Una vez cumplimentada y remitida la solicitud por vía electrónica, el sistema generará un acuse de recibo con fecha y número de registro de entrada que acreditará que la solicitud ha sido completada y enviada correctamente.

Base 5. Admisión de candidatos.

5.1. Lista provisional. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública la lista provisional de candidatos admitidos y excluidos. Esta lista será definitiva de no haber candidatos excluidos.

Serán candidatos excluidos aquellos que no justifiquen el cumplimiento de los requisitos, tanto generales como específicos, exigidos en la Base 2.

5.2. Plazo de subsanación: Los candidatos excluidos en la lista provisional, dispondrán de un plazo de 10 días hábiles para presentar la documentación que estimen oportuna y con ello subsanar el motivo de exclusión, en la dirección (https://www.ader.es/sede-electronica/procesos-selectivos/) en el apartado aportación de documentación.

5.3. Lista definitiva: Transcurrido el plazo de subsanación, y una vez analizadas y resueltas por la Comisión de Selección las aportaciones presentadas, en su caso, se hará pública la lista definitiva.

Una vez publicada la lista definitiva, comenzará el proceso de selección.

5.4. Listas de las fases del proceso: La Comisión de Selección hará públicas las listas de candidatos de las distintas fases del proceso, a medida que se vayan realizando, así como las fechas y horas de celebración de las pruebas, en su caso.

Concluido el proceso de selección, la Comisión de Selección hará pública la lista definitiva de los candidatos que hayan superado las pruebas selectivas, por orden de puntuación total.

La Comisión de Selección propondrá al Gerente de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, la selección del candidato que hayan obtenido mayor puntuación, acompañando la lista definitiva de aprobados y el expediente completo de sus actuaciones.

Base 6. Comisión de selección.

6.1. La Comisión de Selección estará integrada por los siguientes miembros:

Titulares:

- Presidenta: Esther Villacé Blanco.

- Vocal: Enrique Esteban Fernández.

- Vocal: Francisco Gustavo Ortiz Abejón.

- Vocal: Rosario Uruñuela.

- Secretario: María Dolores Antón Rodríguez.

Suplentes:

- Presidenta: Natalia Blázquez Larraz.

- Vocal: Alfredo Martínez Lafraya.

- Vocal: Miguel García Armentia.

- Vocal: Mercedes Cerezo.

- Secretario: Javier Solozábal Rodríguez.

6.2. Así mismo, la Comisión de Selección podrá recabar la colaboración y asesoramiento del personal de la Agencia o externo experto en las materias objeto de las pruebas selectivas y/o de una empresa especializada en selección de personal y recursos humanos.

Base 7. Presentación de documentos.

El candidato seleccionado deberá presentar en el plazo de 10 días hábiles a contar desde la publicación de la lista definitiva los siguientes documentos:

a) Documento de afiliación al sistema de la Seguridad Social, en el caso de ser titular del mismo.

b) Declaración jurada de no haber sido separado, mediante expediente disciplinario de ninguna de las Administraciones Públicas o de órganos constitucionales o estatutarios de la Comunidades Autónomas, ni hallarse inhabilitado para empleo o cargo públicos

Base 8. Formalización del contrato de trabajo.

Con el candidato seleccionado se suscribirá un contrato de trabajo temporal, y le será de aplicación la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y demás disposiciones vigentes.

Base 9. Lista de espera.

Se aprobará por el Gerente una lista de espera al objeto de cubrir de forma temporal las bajas que pudieran originarse en el citado puesto de trabajo, con los candidatos que, no habiendo obtenido el puesto, hayan pasado a la primera fase del proceso de selección.

En el caso de que el candidato seleccionado no supere el período de prueba o durante el tiempo de duración del contrato se produzca una baja voluntaria, se procederá a la contratación del primer candidato de la lista de espera aprobada, en su caso.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, y sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar cualquier otro que estimen oportuno, se podrá interponer recurso de alzada ante la Presidenta de la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja, en el plazo de un (1) mes a contar desde el día siguiente al de su notificación, de conformidad con lo dispuesto en los 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

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