Resolución 75/2024, de 11 de julio, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se modifica la Resolución 8/2024, de 8 de febrero, de delegación de competencias en los centros directivos y asignación de funciones a los jefes de servicio
De conformidad con los artículos 8 y 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público y 21 y 22 de la Ley 4/2005, de 1 junio, de funcionamiento y régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, se dictó la Resolución 8/2024, de 8 de febrero, de delegación de competencias en los centros directivos de la Consejería de Educación y Empleo y asignación de funciones en los jefes de servicio.
Habiéndose observado por parte de los centros gestores la oportunidad de unificar, en un único acto la aprobación del gasto y la convocatoria de los expedientes de subvenciones, de conformidad con los artículos 8 y 9 de la ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público y 21 y 22 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de funcionamiento y régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, se procede a modificar la resolución 8/2024, de 8 de febrero, de delegación de competencias en los centros directivos y asignación de funciones a los jefes de servicio,
RESOLUCIÓN
Primero. Delegación en la Secretaría General Técnica.
Se modifica el párrafo c) del enunciado segundo:
c) La autorización, compromiso de gasto y el reconocimiento de las obligaciones correspondientes a los Capítulos 2, 3, 4, 6 y 7 de los asignados a la Secretaría General Técnica, hasta el límite atribuido al titular de la Consejería en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de La Rioja del ejercicio en vigor, así como interesar la orden de pago, salvo en los casos de autorización de gastos correspondientes a la aprobación de convocatorias de ayudas y subvenciones y de autorización y compromiso de gastos correspondientes a convenios reguladores que deban ser firmados por el titular de la consejería.
Segundo. Delegación en las Direcciones Generales.
1. Se modifica el párrafo b) del enunciado tercero:
b) La autorización y compromiso de gasto de los Capítulos 2, 3, 4, 6 y 7 asignados a la Dirección General correspondiente, hasta el límite atribuido al titular de la Consejería en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de La Rioja del ejercicio en vigor, así como interesar la orden de pago, salvo en los casos de autorización de gastos correspondientes a la aprobación de convocatorias de ayudas y subvenciones y de autorización y compromiso de gastos correspondientes a convenios reguladores que deban ser firmados por el titular de la consejería.
2. Se modifica el párrafo d) del enunciado tercero:
d) Las que correspondan al Consejero en materia de concesión de ayudas y subvenciones en materias propias de su actividad, incluidas las competencias de reintegro, excepto la aprobación y firma de los convenios, la aprobación de las convocatorias y la concesión de ayudas y subvenciones cuando supere el límite establecido al titular de la consejería en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma de La Rioja del ejercicio en vigor.
Tercero. Efectos.
La presente Resolución surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.
Logroño a 11 de julio de 2024.- El Consejero de Educación y Empleo, Alberto Galiana García.