Resolución 616/2024, de 4 de julio, de la Dirección General de Empresa, Energías e Internacionalización, de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la línea subterránea a 13,2 kV denominada "Ronda" de STR Norias, de enlace entre los centros de transformación "Murua" y "Concepción Arenal". AT/0025701

I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, con NIF A95075578, al amparo de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, solicitó autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica Línea subterránea a 13,2 kV denominada 'Ronda' de STR Norias, de enlace entre los centros de transformación 'Murua' y 'Concepción Arenal', expediente AT/0025701, cuyas características principales son las siguientes: 

Ubicación: Logroño.

Finalidad: Distribución. 

Características técnicas: 

Línea subterránea a 13,2 kV denominada 'Ronda' de STR Norias, de enlace entre los centros de transformación 'Murua' y 'Concepción Arenal'. 

El proyecto comprende la instalación de una nueva línea subterránea que unirá los centros de transformación 'Murua' y 'Concepción Arenal' con cable HEPRZ1 12/20 kV 3x1x240 mm2 Al y una longitud de 174 metros, siendo 90 metros de nueva canalización. 

También se incluye el desmontaje de la línea mixta entre los centros de transformación 'Murua' y 'Vicente Ochoa 2', siendo los tramos los siguientes:

- Tramo 1: en aéreo y comprendido entre los apoyos número 25 y número 126. Con una longitud de 96 metros y conductor tipo LA-78. Se incluye, además, el desmontaje de los citados apoyos número 25 y número 126.

- Tramo 2: en subterráneo y comprendido en el interior al C.T. 'Murua'. Con una longitud de 6 metros y conductor tipo HEPRZ1 12/20 kV 3x1x150 mm2 Al.

- Tramo 3: en subterráneo y comprendido entre la salida del C.T. 'Murua' y el punto 'A'. Con una longitud de 37 metros y conductor tipo RF 12/15 kV 3x70 mm2 Cu, quedando enterrado y sin servicio.

- Tramo 4: en subterráneo y comprendido entre los puntos 'A' y 'B'. Con una longitud de 57 metros y conductor tipo PPFV 12/15 kV 3(1x70) mm2 Cu, quedando enterrado y sin servicio.

- Tramo 5: en subterráneo y comprendido entre los puntos 'B' y 'C'. Con una longitud de 5 metros y conductor tipo PPFV 12/15 kV 3(1x70) mm2 Cu, quedando enterrado y sin servicio.

- Tramo 6: en subterráneo y comprendido entre los puntos 'C' y 'D'. Con una longitud de 133 metros y conductor tipo PPFV 12/15 kV 3(1x70) mm2 Cu, quedando enterrado y sin servicio.

- Tramo 7: en subterráneo y comprendido entre los puntos 'D' y 'E'. Con una longitud de 4 metros y conductor tipo HEPRZ1 12/20 kV 3x1x240 mm2 Al, quedando enterrado y sin servicio.

- Tramo 8: en subterráneo y comprendido ente el punto 'E' y la base del apoyo número 25, a desmontar. Con una longitud de 14 metros y conductor tipo PPFV 12/15 kV 3(1x70) mm2 Cu, quedando enterrado y sin servicio.

- Tramo 9: en subterráneo y de subida al apoyo número 25, a desmontar. Con una longitud de 10 metros y conductor tipo PPFV 12/15 kV 3(1x70) mm2 Cu.

Finalizados los trámites reglamentarios en el expediente de referencia, esta Dirección General, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica; el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09; el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23; el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión; el Decreto 32/1998, de 30 de abril, por el que se establecen normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas con objeto de proteger la avifauna; y demás normas de aplicación,

RESUELVE 

Primero. Otorgar la autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de la instalación Línea subterránea a 13,2 kV denominada 'Ronda' de STR Norias, de enlace entre los centros de transformación 'Murua' y 'Concepción Arenal', anteriormente descrita. 

Segundo. La ejecución de las obras se realizará de acuerdo con el proyecto presentado, debiendo atenerse a las condiciones impuestas por los Organismos que las han establecido al efecto. El titular dará cuenta de la terminación de las obras a efectos de su reconocimiento definitivo y emisión de la Autorización de Explotación. 

Tercero. El plazo de puesta en marcha será de dos años contado a partir del día siguiente a la fecha de notificación de la presente resolución. Este plazo puede ser prorrogado por un periodo de un año a instancia de parte. 

Cuarto. El incumplimiento de las condiciones de la presente resolución podrá dar lugar a la revocación de la presente autorización. La presente autorización no exime de la necesidad de cualesquiera otras autorizaciones, permisos o licencias previstas en la legislación vigente. 

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de funcionamiento y régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 , de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puede interponerse Recurso de Alzada ante la Consejera de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en el Boletín Oficial de La Rioja. 

Mediante este documento se notifica a los interesados la presente resolución, según lo establecido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015. 

En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos que los datos de carácter personal que nos ha facilitado para la tramitación de este expediente, así como los que se recaben en el marco de la relación mantenida con la Dirección General de Empresa, Energías e Internacionalización quedarán recogidos en un fichero propiedad de la misma domiciliada en calle Marqués de la Ensenada, 13 - 15 bajo (Entrada por calle Albia de Castro). La recogida y tratamiento de estos datos tiene como finalidad la gestión y tramitación de su solicitud. Así mismo usted autoriza y consiente la cesión de sus datos a otras Administraciones y Organismos Colaboradores de la Administración. 

Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, mediante comunicación escrita a la Dirección General de Empresa, Energías e Internacionalización.

Logroño a 4 de julio de 2024.- El Director General de Empresa, Energías e Internacionalización, Amadeo Lázaro Fernández.

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