Resolución 73/2024, de 17 de junio, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se convocan subvenciones a asociaciones riojanas de utilidad pública e interés social para actividades deportivas de tiempo libre (extracto)
BDNS: 766500
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/766500).
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias las asociaciones constituidas y domiciliadas en La Rioja, e inscritas en el Registro Público correspondiente. Serán beneficiarios aquellos que, reuniendo todos los requisitos obtengan al menos el 10% del total de puntos posible.
Segundo. Objeto.
La financiación de gastos de naturaleza corriente destinados a la promoción y participación en actividades deportivas de tiempo libre.
Dichas actividades no podrán estar incluidas entre las que hayan sido objeto de subvención en otras líneas de subvención, a través de cualquiera de las convocatorias de la Consejería con competencias en materia deportiva.
El periodo de realización de actividades será el comprendido entre el 1 de octubre de 2023 y el 30 de septiembre de 2024.
Tercero. Bases reguladoras.
Título III. Capítulo I de la Orden EDC/36/2023, de 2 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de deporte (Boletín Oficial de La Rioja número 115, de 7 de junio de 2023).
Cuarto. Cuantía.
Un importe total de veinticinco mil euros (25.000 euros) que se imputará a la partida presupuestaria 2024.0704.3411.480.01.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 2 meses a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la Resolución de convocatoria de esta subvención en el Boletín Oficial de La Rioja, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) 20.8.a) y 23.2.g) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones.
Sexto. Otros datos de interés.
Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=000&proc=18408).
Solicitudes: El modelo oficial de solicitud está disponible en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (http://www.larioja.org/deporte/es/becas-subvenciones). Su presentación se efectuará de forma telemática a través de la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja www.larioja.org, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación: La prevista en el apartado octavo de la Resolución 73/2024, de 17 de junio, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se convocan subvenciones a asociaciones riojanas de utilidad pública e interés social para actividades deportivas de tiempo libre.
Procedimiento de concesión: Línea de subvención en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios recogidos en el artículo 8.3 del Decreto 14/2006, del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Justificación: En lo referente a la justificación de la subvención, se estará a lo dispuesto en el apartado decimocuarto de la Resolución 73/2024, de 17 de junio, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se convocan subvenciones a asociaciones riojanas de utilidad pública e interés social para actividades deportivas de tiempo libre.
Logroño a 17 de junio de 2024.- El Consejero de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, José Luis Pérez Pastor.