Resolución 21/2024, de 2 de julio, de la Dirección General de Formación Profesional por la que se dictan instrucciones para la impartición de los Cursos de Formación Preparatorio para acceder a un ciclo formativo de Grado Superior de Formación Profesional del sistema educativo para el curso 2024/2025, y se autoriza la impartición en determinados centros educativos

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, que prevé en su artículo 41.5 que todas las Administraciones educativas ofertarán cursos de formación específicos preparatorios para el acceso a la Formación Profesional de Grado Medio.

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La Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional dispone en el artículo 46b) ofertar cursos preparatorios para el acceso a la Formación Profesional de grado medio y de grado superior, destinados a personas que no cumplan los requisitos de acceso.

El Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, en su artículo 113 expone el desarrollo de los cursos de formación específicos preparatorios para acceder a la Formación Profesional de Grado Superior. Corresponde a las administraciones educativas dictar las instrucciones para su impartición en función de las competencias establecidas en el citado Real Decreto.

De conformidad con el artículo 15, apartado h), del Decreto 53/2023, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Empleo, y sus funciones en desarrollo de la Ley 3/2003, de 3 de marzo, de Organización del Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja, modificado por el Decreto 144/2023, de 3 octubre, la Dirección General de Formación Profesional es competente en materia de elaboración y desarrollo normativo sobre formación profesional y enseñanzas de adultos en el ámbito competencial de la Comunidad Autónoma de La Rioja.

Por todo lo anterior, el Director General de Formación Profesional, en virtud de las competencias legalmente atribuidas,

RESUELVE


Primero. Objeto de la Resolución.

El objeto de la presente Resolución es dictar instrucciones para la impartición de Curso de Formación Preparatorio para acceder a los ciclos formativos de Grado Superior de Formación Profesional del sistema educativo en el curso 2024/2025.

Segundo. Centros autorizados.

1. Los centros educativos autorizados para impartir el curso preparatorio regulado por la presente Resolución son los siguientes:

a. IES Inventor Cosme García de Logroño (1 grupo, opción Ciencia y Tecnología y Humanidades y Ciencias Sociales).

b. IES Valle de Cidacos de Calahorra (1 grupo, opción Ciencia y Tecnología y Humanidades y Ciencias Sociales).

c. CIPFPD (1 grupo, opción Ciencia y Tecnología y Humanidades y Ciencias Sociales).

2. En el supuesto en el que la demanda de estos cursos no pueda ser atendida, la Dirección General de Formación Profesional podrá autorizar la ampliación del número de grupos cuando el número de solicitudes sea superior a la oferta, previa solicitud del centro educativo.

3. El CIPFPD contará con los siguientes centros asociados: CEPA Plus Ultra de Logroño e IES Inventor Cosme García de Logroño. El profesorado de estos centros asociados que imparta algún módulo o materia en modalidad distancia quedará adscrito tanto al centro asociado como al CIPFPD. Cuando resulte necesario, los centros asociados proveerán los espacios, las instalaciones y el material requeridos para el correcto desarrollo de las tutorías y las actividades presenciales contempladas en las diferentes programaciones y guías del alumnado, así como para la realización de las pruebas de evaluación.

Tercero. Requisitos de las personas solicitantes.

Podrán realizar los cursos preparatorios regulados en la presente Resolución las personas que tengan 19 años cumplidos en el año de realización de la prueba de acceso.

Cuarto. Calendario de admisión y matrícula en la modalidad presencial.

1. La solicitud de admisión al Curso de Formación Preparatorio, según modelo normalizado en el Anexo I, se realizará del 4 al 10 de julio, ambos incluidos, de acuerdo al calendario establecido en el Anexo II. La solicitud se presentará, preferentemente, en el centro educativo donde vaya a realizarse el Curso.

2. El día 12 de julio se harán públicas las listas provisionales de personas admitidas en el tablón de anuncios del centro educativo y en el tablón de anuncios virtual del Gobierno de La Rioja. Para lo cual el centro remitirá, el 11 de julio, a la Dirección General de Formación Profesional (Servicio de Formación Profesional) la relación de personas admitidas y no admitidas de acuerdo con el Anexo III.

3. Las personas interesadas podrán presentar reclamación a las listas provisionales de personas admitidas, los días 15 y 16 de julio, en el centro educativo.

4. El día 17 de julio se harán públicas las listas definitivas de personas admitidas en el tablón de anuncios del centro educativo y en el tablón de anuncios virtual del Gobierno de La Rioja. El centro remitirá los listados a la Dirección General de Formación Profesional para su publicación.

5. El plazo de matrícula será del 18 al 22 de julio, ambos incluidos.

6. Una vez finalizado el plazo de matrícula fijado en el punto anterior, si existieran plazas vacantes, el centro educativo asignará las vacantes siguiendo el orden establecido en la lista de espera hasta completar las plazas.

Quinto. Calendario de admisión y matrícula en la modalidad virtual.

1. La solicitud de admisión al Curso de Formación Preparatorio, según modelo normalizado en el Anexo II, se realizará del 4 al 8 de julio, ambos incluidos, de acuerdo al calendario establecido en el Anexo III. La solicitud se presentará a través de la página web del CIPFPD (https://fpdrioja.es). Desde las 12:00 del 4 de julio hasta las 12:00 del 8 de julio.

2. El día 12 de julio se hará pública los listados provisionales de solicitudes admitidas. Se podrá consultar en la página web del CIPFPD (https://fpdrioja.es) desde las 13:00 del 12 de julio y en el Tablón de Anuncios Virtual del Gobierno de La Rioja.

3. Las personas interesadas podrán presentar reclamación a las listas provisionales de personas admitidas del 12 al 15 de julio. Se realizará a través de la página web del CIPFPD (https://fpdrioja.es). Desde las 13:00 del 12 de julio hasta las 10:00 del 15 de julio.

4. El día 16 de julio se harán públicas los listados definitivos de personas admitidas en la página web del CIPFPD (https://fpdrioja.es). Desde las 12:00 del 16 de julio y en el Tablón de Anuncios Virtual del Gobierno de La Rioja.

5. El plazo de matrícula del alumnado admitido será del 16 al 19 de julio, ambos incluidos. Se podrá realizar a través de la página web del CIPFPD (https://fpdrioja.es). Desde las 12:00 del 16 de julio hasta las 12:00 del 19 de julio.

6. La publicación de las plazas vacantes se realizará el 9 de septiembre. Se podrá consultar en la página web del CIPFPD (https://fpdrioja.es). Desde las 12:00 del 9 de septiembre.

7. La admisión directa en el Curso de Formación Preparatorio hasta completar las plazas vacantes será del 11 al 16 de septiembre. Se podrá realizar a través de la página web del CIPFPD (https://fpdrioja.es) por estricto orden de llegada de la solicitud. Desde las 12:00 del 11 de septiembre hasta las 8:00 del 16 de septiembre.

8. La publicación del listado del alumnado matriculado en el Curso de Formación Preparatorio a fecha 18 de septiembre se realizará el 19 de septiembre. Se podrá consultar en la página web del CIPFPD (https://fpdrioja.es). Desde las 12:00 del 19 de septiembre.

Sexto. Criterios de admisión y baremación.

Cuando en el centro autorizado existan más personas solicitantes que plazas disponibles, las solicitudes se ordenarán teniendo en cuenta el resultado del sorteo para determinar el número y el orden como criterio de desempate que aparece en la Resolución 27/2024, de la Viceconsejería de Educación, Universidades y Formación Profesional, por la que se regula el procedimiento ordinario de admisión del alumnado en los centros docentes públicos y privados concertados en las enseñanzas de segundo y tercer curso del segundo ciclo de educación infantil, educación primaria, educación secundaria obligatoria y bachillerato para el curso académico 2024/2025.

Séptimo. Organización del curso en la modalidad presencial.

1. El Curso de Formación Preparatorio se impartirá preferentemente en horario vespertino/nocturno, que estará comprendido entre las 15:00 y las 21:00 horas. La impartición en otros horarios se realizará previa petición del centro educativo y autorización de la Dirección General de Formación Profesional.

2. Los periodos lectivos serán de 50 minutos.

3. La formación es presencial, siendo necesario un 85% de asistencia para mantener los derechos a la evaluación continua. Si durante los primeros 30 días lectivos del curso hay una ausencia superior al 50%, el/la alumno/a será dado/a de baja oficial y su plaza será adjudicada, en su caso, al siguiente de la lista de espera.

4. El curso comenzará el día 9 de septiembre de 2024 y finalizará una semana antes de que den inicio las pruebas de acceso.

5. Tendrá una duración máxima de 600 horas, que se desarrollarán a lo largo de un único curso escolar a razón de 20 horas semanales.

6. La carga horaria semanal de cada materia será la que a continuación se detalla para el correspondiente curso de preparación, teniendo en cuenta que las materias se impartirán durante la semana sin que ninguna materia se repita en el mismo día.

a. Materias comunes (elegir entre Matemáticas o Historia de España):

i. Lengua Castellana y Literatura: 4 horas/semana.

ii. Lengua Inglesa: 4 horas/semana.

iii. Matemáticas: 4 horas/semana.

iv. Historia de España: 4 horas/semanales.

b. Materia específica: 4 horas/semanales por cada materia específica de las opciones autorizadas según el Anexo IV de la presente Resolución y siempre que se cumplan el número mínimo de estudiantes establecido en el apartado noveno de esta Resolución. Dentro de cada opción el alumno se tendrá que examinar de 2 materias.

7. En cualquier caso, se garantizará dos materias específicas por cada opción autorizada.

Octavo. Organización del curso en la modalidad virtual

1. El curso comenzará el día 1 de octubre de 2024 y finalizará una semana antes de que den inicio las pruebas de acceso.

2. Tendrá una duración máxima de 600 horas, que se desarrollarán a través de la plataforma online del CIPFPD y serán accesibles las 24 horas del día y todos los días de la semana mientras dure el curso.

3. La carga horaria semanal de cada materia será la que a continuación se detalla para el correspondiente Curso de Formación Preparatorio.

a. Materias comunes (elegir entre Matemáticas o Historia de España):

i. Lengua Castellana y Literatura: 4 horas/semana.

ii. Lengua Inglesa: 4 horas/semana.

iii. Matemáticas: 4 horas/semana.

iv. Historia de España: 4 horas/semanales.

b. Materia específica: 4 horas/semanales por cada materia específica de las opciones autorizadas según el Anexo IV de la presente Resolución y siempre que se cumplan el número mínimo de estudiantes establecido en el apartado noveno de esta Resolución. Dentro de cada opción el alumno se tendrá que examinar de 2 materias.

En cualquier caso, se garantizará dos materias específicas por cada opción autorizada.

Noveno. Número de alumnos y alumnas.

El número mínimo de alumnos y alumnas por grupo, en la modalidad presencial, será de 15 y el máximo por grupo, de 35.

No obstante, el número mínimo de alumnos y alumnas necesario para impartir las materias específicas en la modalidad presencial, será de 10 personas.

En el caso de la modalidad virtual, la ratio mínima de alumnado matriculado será de 20 personas y el máximo será de 60 personas en cada materia.

Décimo. Profesorado.

1. La impartición de las materias del Curso de Formación Preparatorio para acceder a Ciclos Formativos de Grado Superior corresponderá al profesorado que tenga adscripción docente a esa materia, según se indica a continuación.

a. Especialidad del profesorado que imparte las materias Parte Común:

- Lengua Castellana y Literatura.

- Inglés.

- Matemáticas.

- Geografía e Historia.

b. Especialidad del profesorado que imparte las materias Parte Específica:

1. Opción Humanidades y Ciencias Sociales:

-Tecnología de la Información y de la Comunicación. En los centros en los que haya profesorado de la especialidad de Informática, estos tendrán preferencia sobre los de Tecnología para impartir esta materia.

- Economía.

- Orientación Educativa.

- Geografía e Historia.

2. Opción Ciencia y Tecnología:

- Tecnología de la Información y de la Comunicación. En los centros en los que haya profesorado de la especialidad de Informática, éstos tendrán preferencia sobre los de Tecnología para impartir esta materia.

- Tecnología.

- Biología y Geología.

2. Cada grupo tendrá una persona que desempeñe las funciones de tutoría, para lo cual figurará una hora lectiva en su horario destinada a la atención y orientación del alumnado.

Decimoprimero. Currículo y programación.

1. Según lo establecido en el artículo 113 del Real Decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional, 'el currículo de referencia para la organización del curso se centrará en las competencias que permitan cursar con éxito los ciclos de formación profesional de grado superior y se organizará en bloques, con carácter instrumental, de acuerdo con el desarrollo reglamentario del procedimiento de acreditación de las competencias básicas para personas adultas que se regule y se impartirá siempre por profesorado habilitado para la docencia o que cumpla con los requisitos para ello'.

2. Los centros educativos autorizados para el Curso de Formación Preparatorio deberán incluir en la Programación General Anual del centro al menos los siguientes apartados:

a. Esquema general, resumido, de las programaciones didácticas de las materias.

b. Metodología y recursos didácticos.

c. Criterios de evaluación.

d. Horarios del profesorado y alumnado.

3. Las programaciones didácticas de los bloques de contenidos de las materias que componen el curso se realizarán contemplando los siguientes elementos del currículo:

a. Objetivos.

b. Contenidos mínimos.

c. Distribución temporal de contenidos básicos y actividades.

d. Metodología y recursos didácticos.

e. Evaluación y recuperación.

4. Los contenidos del Curso de Formación Preparatorio para acceder a ciclos formativos de Grado Superior estarán relacionados con el currículo del Bachillerato implantado en la Comunidad Autónoma de La Rioja y reflejados en el Anexo IV.

Decimosegundo. Evaluación.

La evaluación del Curso de Formación Preparatorio será formativa e integradora y se adoptará de manera colegiada por el equipo docente atendiendo a la madurez de cada persona y su capacidad de progresar en la formación.

La Comisión Evaluadora estará formada por el equipo educativo que imparte las materias del curso y presidida por el/la tutor/a.

Se reunirá un mínimo de tres veces al año, coincidiendo con las evaluaciones del resto de enseñanzas. Las dos primeras sesiones de evaluación serán parciales y la última sesión de la comisión evaluadora será final.

Decimotercero. Calificaciones.

1. La calificación.

a. En cada materia la calificación será numérica, de 1 a 10, sin decimales.

b. La calificación final del Curso de Formación Preparatorio será la media aritmética de todas las materias que componen el curso expresada con dos decimales. En la parte común serán tres materias mientras que en la parte específica serán dos materias.

c. Esta media se calculará siempre que haya obtenido una calificación mayor o igual a 4 puntos en todas las materias del curso.

d. Cuando el/la alumno/a tenga calificación inferior a 4 puntos, en al menos una materia, su calificación final del curso de preparación será No apto.

2. Superación del Curso.

El alumnado que haya superado el Curso de Formación Preparatorio para acceder a un ciclo formativo de Grado Superior en los centros autorizados en la Comunidad Autónoma de La Rioja, deberá inscribirse en la prueba de acceso convocada a tal efecto en la mencionada comunidad autónoma. En este caso, deberá solicitar la exención de la prueba, para lo cual aportará el certificado de superación de dicho curso.

3. Certificación.

En el certificado de superación de la prueba de acceso se le asignará la misma nota que la obtenida en el Curso de Formación Preparatorio para acceder a un ciclo formativo de Grado Superior.

Decimocuarto. Repetición del Curso de Formación Preparatorio.

Con carácter general no se podrá repetir el Curso de Formación Preparatorio para las correspondientes pruebas de acceso, excepto cuando, tras la finalización del período de matriculación, existan plazas vacantes y cuando el alumnado se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:

a. La renuncia o anulación de matrícula, siempre que la misma sea debida a causas excepcionales debidamente justificadas, podrá dar lugar a su repetición cuando exista informe favorable emitido por la dirección del centro en el que ha causado baja. Las causas y los procedimientos para la anulación de matrícula serán los mismos que en el caso de los ciclos formativos.

b. En el caso de que existan plazas vacantes, el alumnado que en años anteriores realizaran el curso y no hubieran superado las pruebas de acceso podrán matricularse por segunda vez.

Decimoquinto. Producción de efectos.

La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja y será de aplicación para el curso 2024/2025.

Decimosexto. Recurso.

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejero de Educación y Empleo, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, de conformidad con lo previsto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Logroño a 2 de julio de 2024.- El Director General de Formación Profesional, Luis Daniel Marín Bueno.

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