Requerimiento de subsanación relativo a la convocatoria pública aprobada mediante Resolución 555/2024, de 2 de mayo, de la Consejería Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, por la que se realiza la convocatoria pública para el ejercicio 2024 de diversas ayudas incluidas en la Solicitud Única y se establece el régimen de flexibilización para la campaña 2024

Mediante la Resolución 555/2024, de 2 de mayo de 2024, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente (Boletín Oficial de La Rioja número 89, de 8 de mayo de 2024), se realiza la convocatoria pública para el ejercicio 2024 de diversas ayudas incluidas en la Solicitud Única y se establece el régimen de flexibilización para la campaña 2024, entre las que se encuentran incluidas las ayudas de reforestación (primas de mantenimiento y primas compensatorias), en la Comunidad Autónoma de La Rioja, conforme a lo establecido en la Orden 37/2015, de 16 de septiembre, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente, por la que se aprueban las bases reguladoras de las subvenciones para reforestaciones y creación de superficies forestales (Boletín Oficial de La Rioja número 120, de 18 de septiembre de 2015), modificada mediante la Orden 5/2017, de 2 de mayo, de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente (Boletín Oficial de La Rioja número 51, de 5 de mayo de 2017).

Presentadas las solicitudes dentro del plazo oportuno, se ha procedido a la comprobación de la documentación aportada.

Por el presente requerimiento se comunica a los solicitantes de ayudas que, una vez revisada la documentación presentada, ésta se constata insuficiente de conformidad con lo establecido artículo octavo de la Resolución de convocatoria.

Además, conforme a lo estipulado en el artículo 13.2 de la Orden 37/2015, de 16 de septiembre, si recibida la solicitud se advirtieran defectos en alguno de los documentos que deben acompañar la solicitud, se requerirá al solicitante para que subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos. Y en aplicación de lo establecido en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, todos los requerimientos necesarios para la tramitación de la concesión o desestimación serán publicados en el Boletín Oficial de La Rioja.

Por este motivo, se requiere a los siguientes solicitantes para que presenten y/o completen la documentación que se relaciona a continuación:

1. Expediente 1526000022021: Finca Ordoyo, SL, (CIF: B26162776).

- Solicitada ayuda por prima de mantenimiento en el programa de gestión de la solicitud única (SGA), sin haber indicado los recintos SIGPAC reforestados de las parcelas que cumplen los requisitos mínimos exigidos para poder percibir esta ayuda y marcado la correspondiente casilla en el modelo de solicitud única presentado telemáticamente, deberá modificar la mencionada solicitud cumplimentando el modelo de documento correspondiente, eliminando las parcelas incorrectas para ser sustituidas por las correctas: recinto 1, de la parcela 1292 y recinto 5, de la parcela 1303, ambos del polígono 13, en el término municipal de Quel.

2. Expedientes 1526000292004 y 1526000322005: Izquierdo Gil, Alfredo (NIF: ***7841**).

- Información justificativa del porcentaje de ingresos procedentes de la actividad agraria, necesarios para percibir la ayuda (según se establece en el punto segundo de la disposición transitoria segunda de la Orden reguladora), en concreto los datos del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas correspondiente al ejercicio anterior al de la solicitud de abono (ejercicio 2022) o bien documentos fiscales o contables que acrediten dicho porcentaje mínimo.

3. Expedientes: 1526000072019 y 1526000082019: Morrás Bartolomé, Raúl (NIF: ***6532**).

- Solicitud de abono de prima de mantenimiento de reforestación con notificación de los trabajos realizados (Anexo I), dado que se ha presentado en modelo antiguo que no corresponde a la convocatoria actual de las ayudas.

4. Expediente: 1526000042019: Sáenz Sáenz, David (NIF: ***4771**).

- Solicitud de abono de prima de mantenimiento de reforestación con notificación de los trabajos realizados (Anexo I), dado que se ha presentado en modelo antiguo que no corresponde a la convocatoria actual de las ayudas.

Por tanto, se requiere a los solicitantes de las ayudas, para que en un plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación de este requerimiento en el Boletín Oficial de La Rioja, subsanen la falta o presenten los documentos solicitados conforme a lo estipulado en el artículo 14, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. De no hacerlo en el plazo indicado, se le tendrá por desistido de su petición, previa resolución que le será notificada, de conformidad con el artículo 68, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento administrativo Común de las Administraciones Públicas, mediante resolución que será publicada en el Boletín Oficial de La Rioja.

Logroño a 27 de junio de 2024.- El Jefe de Área de Protección y Producción Forestal, Julio de la Cruz Moreno.

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