Constitución del coto de caza LR-10.110
El Ayuntamiento de Santurdejo ha solicitado la creación de un Coto de Caza, con una superficie de 1.122 hectáreas, incluidas en el término municipal de Santurdejo, incluyendo terrenos del Catálogo de Montes de Utilidad Pública número 77 'Urquiara', para lo cual ha acreditado la cesión de los derechos cinegéticos del 90 % de la superficie del coto solicitado. Por lo tanto, en virtud del artículo 23 de la Ley 8/2022, de 24 de junio, de caza y gestión cinegética de La Rioja, y el artículo 33 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto 17/2004 de 27 de febrero, puede tramitarse el expediente de creación de dicho coto, cuyos límites son los siguientes:
- Norte: Términos municipales de Santurdejo (coto de caza LO-10.111) y Manzanares de Rioja (coto de caza LO-10.102).
- Sur: Términos municipales de Ojacastro (cotos de caza LO-10.092) y Pazuengos (zona no cinegética).
- Este: Término municipal de Manzanares de Rioja (coto de caza LO-10.100).
- Oeste: Términos municipales de Santurdejo (coto de caza LO-10.111) y Ojacastro (coto de caza LO-10.092).
Dichos límites pueden consultarse a través de la aplicación de gestión telemática de Cotos de caza del Gobierno de La Rioja.
Lo que se hace público para general conocimiento y en particular de los posibles afectados, pudiendo quienes se consideren perjudicados dirigir por escrito las reclamaciones pertinentes ante la Dirección General de Medio Natural y Paisaje en Logroño, calle Prado Viejo, 62-Bis, al Ayuntamiento de Santurdejo dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, plazo durante el cual estará de manifiesto el expediente en horario de atención al público en las oficinas de la Dirección General de Medio Natural y Paisaje.
Logroño a 31 de mayo de 2024.- El Director General de Medio Natural y Paisaje, Ignacio Sáenz de Urturi Sánchez.