Expropiación forzosa. Declaración de necesidad de ocupación

Por Acuerdo del Pleno de fecha 28 de mayo de 2024, se aprobó la relación de bienes y derechos afectados por el expediente de expropiación forzosa para la realización de las obras contenidas en el Proyecto Técnico de remate de suelo urbano por expropiación en calle Los Olivos, así como la designación nominal de los interesados con los que han de entenderse los sucesivos trámites, quedando declarada la necesidad de ocupación de los mismos, lo que se publica a los efectos del artículo 21 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

A continuación, se transcribe íntegramente el contenido del acuerdo.

Visto el proyecto técnico que fue aprobado por el Pleno de esta Corporación, en sesión celebrada el día 20 de diciembre de 2023, redactado por el técnico municipal Francisco Mir Brusel.

Vista la necesaria adquisición de determinados bienes inmuebles para la correcta ejecución de las obras.

Visto que la aprobación del Plan General de Ordenación Urbana de este municipio lleva implícita la declaración de utilidad pública y social a efectos expropiatorios de las obras necesarias para la culminación de la urbanización de la calle Los Olivos.

Visto que, sometida a información pública la relación individualizada de bienes y derechos afectados por la expropiación forzosa para la ocupación de los bienes y derechos necesarios para la ejecución de las obras contenidas en el Proyecto Técnico de remate de suelo urbano por expropiación en calle Olivos durante el plazo de quince días se han presentado en tiempo y forma las siguientes observaciones:

Número de registro de entrada: 765/2024.

Nombre y apellidos: María Ángeles Visa Gobantes.

Términos:

1. Notificación errónea.

2. Conversación con Secretaría en 2020.

3. Ocupación de suelo público por obras colindantes.

4. Solicitud: comunicar correctamente; conocer proyecto; liberar suelo público.

Realizada la tramitación legalmente establecida, y vista la documentación obrante en el expediente, se pasa a la votación y se aprueba por mayoría (votos favorables de Román Urrecho Junquera, Fernando Castillo Cárdenas, Jesús María Angulo Visa, José Luis Gobantes Izquierdo y Víctor González Arce) de 5 votos a 2 (siendo negativos los votos de María del Tironcillo de Juana Malaina y María Carmen Ruíz Vicente) el siguiente,

ACUERDO

Primero. Desestimar las alegaciones 2 y 3 presentadas por los motivos expresados en informe de Secretaría de fecha 20 de mayo de 2024. Y Estimar la alegación primera, relativa a la falta de notificación a Miguel Ángel Gobantes Revuelta; procediendo a rectificar los errores cometidos en la relación de bienes y particulares afectados. Se procede a la corrección de errores, procediendo a incorporar ambas referencias catastrales y las direcciones de notificación siguientes:

- María Ángeles Visa Gobantes.

  calle Mayor 8. 26214 Cuzcurrita de Rio Tirón.

- Miguel Ángel Gobantes Revuelta.

  calle Puente 4. 26214 Cuzcurrita de Río Tirón.

Segundo. Aprobar la relación concreta, individualizada y valorada de los bienes y derechos a ocupar necesariamente para la ejecución de las obras, y que se expresan al final de este Acuerdo, así como la designación nominal de los interesados con los que han de entenderse los sucesivos trámites.

Tercero. Incorporar la corrección de errores en la relación de bienes y particulares afectados al proyecto técnico y memoria de expropiación forzosa de suelo urbano para remate de urbanización calle Los Olivos; aprobar el Proyecto subsanado de remate de suelo urbano por expropiación en calle Olivos; la dirección de obra del mismo, a cargo del técnico municipal Francisco Mir Brusel y confirmar la aprobación de la Memoria de 'Expropiación forzosa suelo urbano para remate de urbanización calle Los Olivos en Cuzcurrita de Río Tirón (La Rioja)'; considerando implícita la declaración de utilidad pública de las obras en él contempladas a los efectos de su expropiación con la aprobación del Plan General de Ordenación Urbana de este municipio que contempla el terreno a expropiar como sistema general, afectado a la ejecución del vial público de la calle Los Olivos, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 del Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana y 171 de la Ley de Ordenación del Territorio y Urbanismo de La Rioja.

Cuarto. En su caso, dar traslado al Ministerio Fiscal, con quien se entenderán las actuaciones posteriores, con respecto a la finca número 3104003WN0130S0001PU y 3104005WN0130S0001TU afectadas por el expediente de expropiación, cuyos titulares no han comparecido en el expediente o cuya propiedad es litigiosa.

Quinto. Considerar que, con lo actuado, queda demostrada la necesidad de ocupación de los bienes y derechos a que se refiere este expediente, y, por tanto, acordar la necesidad de ocupación de los mismos, considerando que este Acuerdo inicia el expediente expropiatorio, entendiéndose todas las actuaciones posteriores referidas a esta fecha.

Sexto. Notificar nominalmente a Miguel Ángel Gobantes Revuelta, heredero de la finca referencia catastral 3104005WN0130S0001PU y a María Ángeles Visa Gobantes, heredera de la referencia catastral 3104005WN0130S0001TU.

Séptimo. Proceder a la publicación de este Acuerdo en la forma en que se refiere el artículo 18 de la Ley de Expropiación Forzosa, abriendo información pública durante un plazo de quince días en el Boletín Oficial de La Rioja y en uno de los diarios de mayor circulación de la provincia, con notificación personal a los interesados, invitándose a los mismos para que propongan un precio que propicie la adquisición por mutuo acuerdo y puedan aportar por escrito cuantos datos permitan la rectificación de los posibles errores que se estimen en la relación publicada; oponerse a la ocupación o disposición de los bienes y derechos por motivos de forma o fondo, que han de fundamentar motivadamente; o solicitar cambios en el proyecto técnico.

Relación de bienes afectados

Finca número 1. Parcela catastral 3104003WN0130S

- Identificación física:

Franja de 156,65 metros cuadrados, sita en Parcela catastral 3104003WN0130S0001PU, de naturaleza urbana y libre de edificación.

- Identificación gráfica:

Los terrenos objeto de la expropiación están calificados como viario de Planeamiento vigente, por lo que no tienen asignada edificabilidad ni uso privado. La sección a expropiar está identificada en la memoria de expropiación forzosa, sección planimetría en página 16 y siguientes del citado proyecto.

- Identificación jurídica:

Titularidad catastral:

Apellidos Nombre/Razón Social:

Gobantes Revuelta María (Herederos de).

Domicilio fiscal: CL Sorzano 3 Bl:1 Es:5 Pl:04 Pt:A; 26005 Logroño (La Rioja)

Derecho: 50,00% de Propiedad.

Apellidos Nombre/Razón Social:

Visa Riaño Lorenzo (Herederos de).

Domicilio fiscal: CL Sorzano 3 Bl:1 Es:5 Pl:04 Pt:A; 26005 Logroño (La Rioja)

Derecho: 50,00% de Propiedad.

Propiedad actual 100% (no habiéndose otorgado escritura pública):

María Ángeles Visa Gobantes y domicilio en calle Mayor 8, 26214 Cuzcurrita de Río Tirón.

Finca número 2. Parcela catastral 3104005WN0130S0001TU

- Identificación física:

Franja de 15,35 metros cuadrados, sita en Parcela catastral 3104005WN0130S0001TU, de naturaleza urbana y libre de edificación.

- Identificación gráfica:

Los terrenos objeto de la expropiación están calificados como viario de Planeamiento vigente, por lo que no tienen asignada edificabilidad ni uso privado. La sección a expropiar está identificada en la memoria de expropiación forzosa, sección planimetría en página 16 y siguientes del citado proyecto.

- Identificación jurídica:

Titularidad catastral:

Apellidos Nombre/Razón Social: Gobantes Revuelta María (Herederos de).

Domicilio fiscal: CL Sorzano 3 Bl:1 Es:5 Pl:04 Pt: A; 26005 Logroño (La Rioja).

Derecho: 100,00% de Propiedad

Propiedad actual 100%:

Miguel Ángel Gobantes Revuelta y domicilio en calle Puente número 14, 26214 Cuzcurrita de Río Tirón.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición potestativo ante el (Alcalde/Pleno) de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Logroño en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer usted cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

Cuzcurrita de Río Tirón a 20 de junio de 2024.- El Alcalde-Presidente, Román Urrecho Junquera.

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