Delegación de funciones para la celebración de matrimonio civil
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 51.2.1º del Código Civil.
Vistos los artículos 47 y 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, aprobado por Real Decreto 2586/1983, de 28 de noviembre.
Esta Alcaldía-Presidencia, en uso de las atribuciones que leestán conferidas,
RESUELVE
Primero. Delegar en la concejala Naiara Hernáez Galarreta para la celebración del matrimonio que tendrá lugar el 22 de junio de 2024.
Segundo. Publicar el presente decreto en el Boletín Oficial de La Rioja, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del Reglamento de Organización y Funcionamiento.
Tercero. Dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.
Haro a 20 de junio de 2024.- La Alcaldesa-Presidenta, Guadalupe Fernández Prado.