Correción de error en la Resolución 25/2024, de 12 de junio, de la Subdirección General de Diálogo Social y Relaciones Laborales, por la que se registra y publica el acuerdo sobre incremento salarial para el año 2024 del convenio colectivo de trabajo para la actividad de Garajes, Estaciones de Lavado y Engrase, Aparcamientos y Parkings de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Advertido error en el Anexo I de la Resolución 25/2024, de 12 de junio, de la Subdirección General de Diálogo Social y Relaciones Laborales, por la que se registra y publica el acuerdo sobre incremento salarial para el año 2024 del convenio colectivo de trabajo para la actividad de Garajes, Estaciones de Lavado y Engrase, Aparcamientos y Parkings de la Comunidad Autónoma de La Rioja, publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 117, de 18 de junio de 2024, se procede a su corrección con la publicación íntegra del citado Anexo I.
Logroño a 18 de junio de 2024.- La Subdirectora General de Diálogo Social y Relaciones Laborales, Pilar Simón Estefanía.
ANEXO I
Tablas salariales Año 2024
Convenio Colectivo de trabajo para la actividad de Garajes, Estaciones de Lavado y Engrase, Aparcamientos y Parkings de la Comunidad Autónoma de La Rioja
Nivel | Grupo soporte | Grupo operativo | Salario base mensual | Salario anual |
I | Jefe de área | Jefe de Servicio | 1.450,93 | 21.763,95 |
Licenciado/Grado Superior | ||||
II | Jefe de Sección | Encargado | 1.450,93 | 21.763,95 |
II.a) | Técnico Medio/Diplomado | 1.276,53 | 19.147,95 | |
III | Oficial Administrativo | Oficial de Mantenimiento | 1.404,16 | 21.062,40 |
III.a) | Operador Centro Control | 1.330,37 | 19.955,55 | |
III.b) | Agente de Aparcamiento/Taquillero | 1.276,53 | 19.147,95 | |
IV | Auxiliar Administrativo | 1.330,37 | 19.955,55 | |
IV.a) | Engrasador-lavacoches | 1.276,53 | 19.147,95 | |
IV.b) | Auxiliar de aparcamiento/Personal de limpieza | 1.195,61 | 17.934,15 |
Jornada anual (artículo 36) | 1.772 horas | |
Plus trabajador nocturno (artículo 29) | 160,68 euros | |
Complemento por día festivo (artículo 30) | 27,54 euros | 3,44 por hora en día festivo |
Plus Nochebuena, Nochevieja y Reyes (artículo 31) | 68,85 euros | |
Plus distancia - km/día (artículo 32) | 0,27 euros | |
Incremento sobre tablas 2023 = 3% |