CONVENIO: entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, y el Ilustre Colegio de la Abogacía de Cantabria, para la presentación y pago de autoliquidaciones, así como para la presentación de declaraciones, comunicaciones o cualquier otro documento con trascendencia tributaria mediante la utilización de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en representación de terceros

Resolución 922/2024, de 18 de junio, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se dispone la publicación del resumen del Convenio marco entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, y el Ilustre Colegio de la Abogacía de Cantabria, para la presentación y pago de autoliquidaciones, así como para la presentación de declaraciones, comunicaciones o cualquier otro documento con trascendencia tributaria mediante la utilización de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en representación de terceros.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 13/2017, de 12 de abril, por el que se regula el Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja,

Resuelvo proceder a la publicación del resumen del siguiente Convenio.

Logroño a 18 de junio de 2024.- La Jefa de Servicio de Secretariado de Gobierno y Relaciones con el Parlamento de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno (Por Resolución 894/2023, de 20 de julio, de la SGT), Begoña Sáinz Martínez.


Número de Registro: 2024/0359.

Resumen:

Convenio marco entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, y el Ilustre Colegio de la Abogacía de Cantabria, para la presentación y pago de autoliquidaciones, así como para la presentación de declaraciones, comunicaciones o cualquier otro documento con trascendencia tributaria mediante la utilización de técnicas y medios electrónicos, informáticos y telemáticos en representación de terceros.

Fecha de suscripción:

6 de junio de 2024.

Sujetos que lo suscriben:

Gobierno de La Rioja: Alfonso Dominguez Simón - Consejero de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno.

Ilustre Colegio de la Abogacía de Cantabria: Andrés de Diego Martínez - Decano.

Objeto del convenio:

Establecer los requisitos que han de regir la colaboración entre la Consejería competente en materia de Hacienda y el Ilustre Colegio de la Abogacía de Cantabria, para facilitar a los colegiados que intervengan como representantes voluntarios de los obligados tributarios, la presentación telemática de declaraciones, autoliquidaciones, solicitudes o cualesquiera otros documentos exigidos por la normativa tributaria correspondiente y, en su caso, el pago por medios electrónicos de las deudas tributarias resultantes en nombre de terceros.

Vigencia:

El presente Convenio entrará en vigor al día siguiente de su firma por ambas partes y tendrá una duración de cuatro años a contar desde esa fecha.

Prórrogas:

Pudiendo acordar los firmantes antes del vencimiento del plazo una prórroga expresa por un período de hasta cuatro años adicionales o su extinción.

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