Delegación de funciones para la celebración de matrimonio civil
Por esta Alcaldía, y en uso de las atribuciones concedidas por el artículo 43.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se ha resuelto delegar la atribución que le confiere el artículo 51 del Código Civil, con referencia a la autorización de matrimonio civil, en el Concejal Daniel Castillo Pérez, para la celebración del matrimonio civil a celebrar el día 6 de julio de 2024 en el Ayuntamiento de Tricio.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del citado Reglamento.
Tricio a 17 de junio de 2024.- El Alcalde-Presidente, Manuel Martínez Ábalos.