Delegación de funciones para la celebración de matrimonio civil
Por parte de esta Alcaldía y en uso de las atribuciones concedidas por el artículo 43.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales y en ejercicio de las competencias y funciones de administración ordinaria que me son conferidas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194.1 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, ha resuelto delegar la atribución que le confiere el artículo 51 del Código Civil con referencia a la autorización de matrimonio civil en la concejala, María Iluminada Rodríguez Fermín, para la celebración de matrimonio civil el 13 de julio del 2024.
Lo que se hace púbico en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del citado Reglamento.
Ezcaray a 6 de junio del 2024.- El Alcalde-Presidente, Diego Antonio Bengoa De La Cruz.