Resolución de Alcaldía número 135 de 27 de mayo de 2024, por la que se convocan ayudas económicas para conciliar la vida personal, familiar y laboral 2024 por el procedimiento de concurrencia competitiva (extracto)

BDNS: 763934

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/763934).

Primero. Beneficiarios.

Podrán acogerse a las subvenciones de esta convocatoria aquellas personas que cumplas con los requisitos fijados en el artículo 5 de la Ordenanza que regula las ayudas económicas para conciliar la vida personal, familiar y laboral.

Segundo. Objeto.

La subvención tiene por objeto la concesión de becas de guarderías y escuelas infantiles para niños y niñas de edades comprendidas entre los dos meses y tres años con el fin de conciliar la vida personal, familiar y laboral, o en centros donde se presta una asistencia integral y continuada a los niños por quienes no pueden satisfacer estas necesidades, existiendo por ello razones sociales y benéficas, contribuyendo además a una necesaria educación de los menores, y bienestar de las familias a través de su permanencia en el municipio.

La concesión de las ayudas contempladas en la presente convocatoria se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos.

Tercero. Bases reguladoras.

Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la Ordenanza que regula las ayudas económicas para conciliar la vida personal, familiar y laboral del Ayuntamiento de Pradejón probada por el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 12 de junio de 2012 y publicada en el Boletín Oficial de La Rioja número 75 de 20 de junio de 2012.

Cuarto. Cuantía de la ayuda.

Los créditos presupuestarios a los que se imputa la ayuda es 321.48023 del Presupuesto 2024, y la cuantía total máxima de las subvenciones convocadas es de 32.670,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como Anexo de la convocatoria. Se dirigirán al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes desde la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja, tal y como se recoge el artículo 6.2 del Real Decreto 130/2019, de 8 de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas.

Sexto. Otros datos.

Deberán acompañarse a la solicitud los documentos determinados en el artículo 10 de la Ordenanza que regula las ayudas económicas para conciliar la vida personal, familiar y laboral.

En el supuesto de que los documentos exigidos ya estuvieran en poder del Ayuntamiento, el solicitante, siempre que no hayan transcurrido más de cinco años desde la finalización del procedimiento al que correspondan, podrá hacer uso de su derecho a no presentarlo, haciendo constar la fecha y el órgano o dependencia en que fueron presentado o emitidos.

Pradejón a 27 de mayo de 2024.- El Alcalde-Presidente, Alfonso Pousada Cabrero.

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