Resolución 850/2024, de 3 de junio, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se dispone la publicación del resumen del Protocolo general de actuación entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, y el Colegio Oficial de Farmacéuticos de La Rioja, para impulsar la creación de una pasarela de comunicación de los movimientos de medicamentos estupefacientes entre las Oficinas de Farmacia y el Sistema Informático Nacional Único
De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 13/2017, de 12 de abril, por el que se regula el Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja,
Resuelvo proceder a la publicación del resumen del siguiente Convenio.
Logroño a 3 de junio de 2024.- La Jefa de Servicio de Secretariado de Gobierno y Relaciones con el Parlamento de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno (Por Resolución 894/2023, de 20 de julio, de la SGT), Begoña Sáinz Martínez.
Número de Registro: 2024/0315.
Resumen:
Protocolo general de actuación entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, y el Colegio Oficial de Farmacéuticos de La Rioja, para impulsar la creación de una pasarela de comunicación de los movimientos de medicamentos estupefacientes entre las Oficinas de Farmacia y el Sistema Informático Nacional Único.
Fecha de suscripción:
13 de mayo de 2024.
Sujetos que lo suscriben:
Gobierno de La Rioja: María Martín Díez de Baldeón - Consejera de Salud y Políticas Sociales.
Colegio Oficial de Farmacéuticos: Mario Domínguez Rincón - Presidente.
Objeto del convenio:
Establecer las bases de la colaboración entre la Consejería de Salud y Políticas Sociales del Gobierno de La Rioja y el Colegio Oficial de Farmacéuticos de La Rioja, para impulsar la creación y el mantenimiento de una pasarela de comunicación de la información de los movimientos de estupefacientes de los libros de contabilidad de estupefacientes de las oficinas de farmacia autorizadas en La Rioja, a un sistema informático único facilitado por la AEMPS a las autoridades de las comunidades autónomas con fines de inspección y control en materia de medicamentos estupefacientes.
Vigencia:
Duración de cuatro años.
Prórrogas:
Por periodo de igual duración.