Delegación de funciones para la celebración de matrimonio civil
Por esta Alcaldía, mediante Resolución del día 3 de junio de 2024, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 43.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, ha resuelto delegar la atribución que le confiere el artículo 51 del Código Civil, con referencia a la autorización de matrimonio civil, al concejal David Rodrigo Martínez, para la celebración del matrimonio civil que tendrá lugar el día 15 de junio de 2024 conforme al expediente 105/2024.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del citado Reglamento.
Anguciana a 3 de junio de 2024.- El Alcalde-Presidente, Jorge Loyo Mendoza.