Descalificación voluntaria de viviendas de protección oficial
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se hacen públicas la Resoluciones de descalificación voluntaria de Viviendas de Protección Oficial, dictadas por el Director General de Urbanismo y Vivienda, de los beneficiarios que a continuación se relacionan:
Expediente Fecha Resolución Dirección Localidad
26-D-07/2024 17/05/2024 Pedro Ontillera, 7, 3 A Logroño
26-D-08/2024 20/05/2024 Juan II, 2 G Logroño
Las presentes Resoluciones no ponen fin a la vía administrativa, al no ser contemplado entre los supuestos previstos en el artículo 114 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, ni en los del artículo 45 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Contra las mismas podrá interponerse recurso de alzada indistintamente ante el mismo órgano que dicta esta Resolución o ante el Consejero de Política Local, Infraestructuras y Lucha contra la Despoblación, de conformidad con los artículos 121 y 122 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Logroño a 20 de mayo de 2024.- El Director General de Urbanismo y Vivienda, Carlos Alonso Ledesma.