Resolución 767/2024, de 21 de mayo, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se dispone la publicación del resumen del Convenio de colaboración entre el Servicio Riojano de Salud, el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) y la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (UNESPA), para la atención de lesionados en accidentes de tráfico mediante servicios de emergencias sanitarias para los ejercicios 2024-2027 en el ámbito de la sanidad pública
De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 13/2017, de 12 de abril, por el que se regula el Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja,
Resuelvo proceder a la publicación del resumen del siguiente Convenio.
Logroño a 21 de mayo de 2024.- La Jefa de Servicio de Secretariado de Gobierno y Relaciones con el Parlamento de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno (Por Resolución 894/2023, de 20 de julio, de la SGT), Begoña Sáinz Martínez.
Número de Registro: 2024/0309.
Resumen:
Convenio de colaboración entre el Servicio Riojano de Salud, el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) y la Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras (UNESPA), para la atención de lesionados en accidente de tráfico mediante servicios de emergencias sanitarias para los ejercicios 2024-2027 en el ámbito de la sanidad pública.
Fecha de suscripción:
14 de mayo de 2024.
Sujetos que lo suscriben:
Servicio Riojano de Salud: María Martín Diez de Baldeón - Presidenta.
Consorcio de Compensación de Seguros: Celedonio Villamayor Pozo - Director de Operaciones.
UNESPA Unión de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras: María Aranzazu del Valle Schaan - Presidenta.
Objeto del convenio:
Regular la prestación de servicios de asistencia sanitaria de emergencia a lesionados en accidentes de tráfico en el ámbito de la sanidad pública y las tarifas de precios aplicables a los mismos.
Vigencia:
Será de aplicación a todas las prestaciones que se realicen a partir del 1 de enero de 2024 y que sean consecuencia de siniestros ocurridos a partir de esa fecha hasta las prestaciones realizadas consecuencia de siniestros ocurridos hasta el 31 de diciembre de 2027.
Prórrogas:
Este convenio podrá ser prorrogado por períodos anuales, hasta un máximo de tres años, previo acuerdo de las partes, que deberá adoptarse con una antelación mínima de tres meses a su finalización.