Resolución 436/2024, de 15 de mayo, de la Dirección General de Empresa, Energías e Internacionalización, de autorización administrativa previa y de construcción de instalación eléctrica. AT/2353002

Cumplidos los trámites reglamentarios en el expediente de referencia AT/2353002 incoado en esta Dirección General a instancia de I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, solicitando autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica cuyas características técnicas principales son las siguientes:

Descripción: Renovación de línea subterránea S.C. a 13,2 kV 'Alfaro-Circ. Norte' entre el CT 'La Fombera' y el CT 'López de Haro'.

Ubicación: Alfaro.

Finalidad de la instalación: Distribución.

Características técnicas:

Renovación de línea subterránea S.C. a 13,2 KV 'Alfaro-Circ. Norte' entre el CT 'La Fombera' y el CT 'López de Haro'.

La línea subterránea estará formada por 2 tramos:

- El primer tramo tendrá su origen en el apoyo existente número 122 de la línea de simple circuito a 13,2 kV S.C. 'Alfaro-Circ.Norte' y final en la celda de línea de CT 'La Fombera'. Tendrá una longitud de 22 metros (incluidos los 12 metros del nuevo paso aéreo-subterráneo en el apoyo existente número122 y los 5 metros de acometida al CT) y conductor tipo HEPRZ1 12/20 kV 3x(1x240) mm2 AL CIRC.C H-16 R SE.

- El segundo tramo tendrá su origen en el apoyo existente número 123 y final en la celda de línea de CT 'Lopez de Haro'. Tendrá una longitud de 270 metros (incluidos los 12 metros correspondientes a los nuevos pasos aéreo subterráneos en el apoyo existente número123 y las acometidas al CT correspondiente a 5 metros cada una) y conductor tipo HEPRZ1 12/20 kV 3x(1x240) mm2 AL CIRC.C H-16 R SE.

Una vez realizados los trabajos proyectados y energizada la nueva línea subterránea de enlace, se procederá al desmontaje del tramo subterráneo que enlaza actualmente el apoyo número122 de la línea aérea de simple circuito a 13,2 kV 'Alfaro-Circ. Norte' y el CT 'La Fombera' con conductor tipo HEPRZ1 12/20KV 3X(1X150) AL CIRC.C H-16 R SE y una longitud de 15 metros; y del tramo subterráneo que enlaza actualmente el apoyo número123 de la línea aérea de simple circuito a 13,2 kV 'Alfaro-Circ. Norte' y el CT 'Lopez de Haro' con conductor tipo DHV 18/30KV 3X(1X95) AL CIRC.C H-16 R SE y una longitud total de 118 metros (ida y vuelta).

Esta Dirección General, en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, de desarrollo de la ley en cuanto a autorización de instalaciones, el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión, aprobado por Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero; el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus Instrucciones Técnicas Complementarias ITC-RAT 01 a 23; el Real Decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión; el Decreto 32/1998, de 30 de abril, por el que se establecen normas de carácter técnico para las instalaciones eléctricas con objeto de proteger la avifauna, y otros aplicables,

RESUELVE

Otorgar la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación solicitada de acuerdo con el proyecto de ejecución de las obras, debiendo atenerse a las condiciones impuestas por los Organismos que las han establecido al efecto.

El plazo de puesta en marcha será de dos años contado a partir del día siguiente a la fecha de notificación de la presente resolución. Este plazo puede ser prorrogado por un periodo de un año a instancia de parte.

El incumplimiento de las condiciones de la presente resolución podrá dar lugar a la revocación de la presente autorización. La presente autorización no exime de la necesidad de cualesquiera otras autorizaciones, permisos o licencias previstas en la legislación vigente.

El titular dará cuenta de la terminación de las obras a efectos de su reconocimiento definitivo y emisión de la Autorización de Explotación.

Esta resolución no agota la vía administrativa. Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de funcionamiento y régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja, y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015 , de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, puede ser objeto de Recurso de Alzada ante la Consejera de Economía, Innovación, Empresa y Trabajo Autónomo en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

Mediante este documento se notifica a los interesados la presente resolución, según lo establecido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015.

En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, le informamos que los datos de carácter personal que nos ha facilitado para la tramitación de este expediente, así como los que se recaben en el marco de la relación mantenida con la Dirección General de Empresa, Energías e Internacionalización quedarán recogidos en un fichero propiedad de la misma domiciliada en calle Marqués de la Ensenada, 13 - 15 bajo (Entrada por calle Albia de Castro). La recogida y tratamiento de estos datos tiene como finalidad la gestión y tramitación de su solicitud. Así mismo Vd. autoriza y consiente la cesión de sus datos a otras Administraciones y Organismos Colaboradores de la Administración.

Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición, mediante comunicación escrita a la Dirección General de Empresa, Energías e Internacionalización.

Logroño a 15 de mayo de 2024.- El Director General de Empresa, Energías e Internacionalización, Amadeo Lázaro Fernández.

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