Delegación de competencias del Pleno en la Junta de Gobierno Local
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión extraordinaria celebrada el día 14 de mayo de 2024, adoptó entre otros el siguiente acuerdo:
Visto que existe la posibilidad de delegación de competencias de determinadas materias del Pleno en el Alcalde y en la Junta de Gobierno Local, conforme al artículo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Visto que el artículo 47.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, atribuye al Pleno la competencia para establecer o modificar los precios públicos y que podrá delegarse en la Junta de Gobierno Local, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.2.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Visto el Informe de Secretaría de fecha 14 de mayo de 2024 y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, el Pleno adopta con el voto favorable de la unanimidad de los Concejales del Pleno el siguiente,
ACUERDO
Primero. Delegar el ejercicio de la competencia para establecer o modificar precios públicos del Pleno en la Junta de Gobierno Local, ajustándose a lo previsto en el artículo 22.4 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.
Segundo. Publicar el acuerdo de delegación en el Boletín Oficial de La Rioja, cursando efecto a partir del día siguiente al de su adopción.
Tercero. Dar cuenta a la Junta de Gobierno Local de este acuerdo en la próxima sesión que se celebre.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 51.2 del Reglamento de organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
El Villar de Arnedo a 15 de mayo de 2024.- El Alcalde-Presidente, Félix Espinosa García.