Delegación de funciones para la celebración de matrimonio civil
Por esta AlcaldÃa y en uso de las atribuciones concedidas por el artÃculo 43.3 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen JurÃdico de las Entidades Locales, ha resuelto delegar la atribución que le confiere el artÃculo 51 del Código Civil con referencia a la autorización de matrimonio civil en el concejal Luis Manuel MartÃnez Zapater, para la celebración del matrimonio civil:
- 15 de junio de 2024. Expediente Registro Civil Cornago 02/2024.
Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artÃculo 44.2 del citado Reglamento.
Cornago a 14 de mayo de 2024.- El Alcalde-Presidente, Eugenio Hernández Cano.