Resolución 729/2024, de 10 de mayo, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se dispone la publicación del resumen del Convenio suscrito entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, y la Entidad Local de Ribafrecha, para la aplicación de los Ingresos de Derecho Público Municipales
De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 13/2017, de 12 de abril, por el que se regula el Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja,
Resuelvo proceder a la publicación del resumen del siguiente Convenio.
Logroño a 10 de mayo de 2024.- La Jefa de Servicio de Secretariado de Gobierno y Relaciones con el Parlamento de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno (Por Resolución 894/2023, de 20 de julio, de la SGT), Begoña Sáinz Martínez.
Número de Registro: 2024/0306.
Resumen:
Convenio suscrito entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, y la Entidad Local de Ribafrecha, para la aplicación de los Ingresos de Derecho Público Municipales.
Fecha de suscripción:
2 de abril de 2024.
Sujetos que lo suscriben:
Gobierno de La Rioja: Alfonso Dominguez Simón - Consejero de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno.
Ayuntamiento de Ribafrecha: Óscar González García - Alcalde-Presidente.
Objeto del convenio:
El Ayuntamiento delega en la Comunidad Autónoma de La Rioja y ésta asume las competencias que corresponden al primero en la gestión tributaria y recaudatoria en período voluntario y ejecutivo de los siguientes tributos:
- Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica y Urbana y de Características Especiales.
- Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
- Tasa de Agua Potable y Canon de Saneamiento.
- Tasa de Basuras.
- Tasa de Alcantarillado.
- Tasa para el Fomento de la Agricultura/Mantenimiento de Caminos.
El Ayuntamiento delega en la Comunidad Autónoma de La Rioja y ésta asume las competencias que corresponden al primero en la recaudación en período ejecutivo, dentro de su territorio, de los siguientes Ingresos de Derecho Público:
- Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
- Contribuciones Especiales.
- Multas y Sanciones.
- Resto de Tasas.
- Resto de Ingresos de Derecho Público Municipales.
El Ayuntamiento delega en la Comunidad Autónoma de La Rioja y ésta asume las competencias que corresponden al primero en materia de inspección tributaria, de:
- Inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas.
- Inspección del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras.
Vigencia:
El presente Convenio tendrá una vigencia inicial, desde el 22 de marzo de 2024 hasta 31 de diciembre de 2025.
Prórrogas:
Los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de cuatro años adicionales antes de la finalización de su vigencia inicial.