Resolución 468/2024, de 3 de mayo, del Rector de la Universidad de La Rioja, por la que se convoca procedimiento para la formación de una lista de espera de aspirantes para desempeñar puestos en régimen de interinidad correspondientes a la Escala Básica de Bibliotecas y Archivos de la Universidad de La Rioja

Por Resolución 717/2021, de 8 de junio, del Rector de la Universidad de La Rioja, se convocó proceso selectivo para la provisión de cuatro plazas vacantes de la Escala Básica de Bibliotecas y Archivos de la Universidad de La Rioja (Grupo C, Subgrupo C1) por el sistema de concurso-oposición.

[Aquí aparecen varias imágenes o ficheros anexos en el original. Consulte el documento PDF oficial y auténtico]

Esta convocatoria disponía, en su base décima, la formación de una lista de espera para cubrir las necesidades de personal interino de esta escala, compuesta por los candidatos que, no habiendo superado el proceso selectivo, hubieran superado los dos ejercicios de la fase de oposición. Agotada la lista de espera generada por este proceso selectivo, aprobada por Resolución 899/2022, de 7 de septiembre, del Rector de la Universidad de La Rioja se hace necesaria la formación de una nueva lista de espera, según lo previsto en la base 10 de la convocatoria y de acuerdo a la normativa de gestión de las listas de espera de las escalas de personal de Administración y Servicios de la Universidad de la Rioja, aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 29 de noviembre de 2022 (Boletín Oficial de La Rioja de 16 y de 28 de diciembre).

En consecuencia, este Rectorado, en cumplimiento de lo dispuesto en los Estatutos de la Universidad de La Rioja,

RESUELVE

Único. Aprobar la convocatoria para la formación de la lista de espera de aspirantes para desempeñar puestos en régimen de interinidad correspondientes a la Escala Básica de Bibliotecas y Archivos de la Universidad de La Rioja, de acuerdo con las siguientes:

Bases

Primera. Requisitos de participación.

Para ser admitido en el presente procedimiento los aspirantes deberán formar parte del listado definitivo de admitidos en el proceso selectivo convocado por Resolución 717/2021, de 8 de junio, del Rector de la Universidad de La Rioja y haber obtenido, al menos, el 60% de la puntuación fijada para la superación del primer ejercicio de la fase de oposición.

Segunda. Presentación de solicitudes y documentación.

2.1. Solicitud.

Las solicitudes para participar en la presente convocatoria, dirigidas al Rector de la Universidad de La Rioja, se presentarán en la Sede Electrónica de la Universidad de La Rioja (https://sede.unirioja.es/pruebas-pas) siguiendo el procedimiento indicado en el Anexo I, para cuyo acceso se precisará disponer de un certificado electrónico válido. En la solicitud se incluirá la referencia '468/2024 Lista espera Básica Bibliotecas'.

2.2. Plazo.

Las solicitudes podrán presentarse en el plazo de 10 días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja.





2.3. Documentación.

2.3.1. Las solicitudes deberán ir acompañadas del documento 'Resumen de presentación de méritos' en formato PDF. Para obtener este documento los candidatos deberán registrarse en la aplicación informática habilitada para la presentación de los méritos, siguiendo el procedimiento indicado en el Anexo I. El documento deberá incluir:

a) Detalle y autoevaluación de los méritos conforme con el baremo recogido como Anexo II a esta resolución. Dicha autoevaluación vinculará al candidato, pero en ningún caso al Servicio de Personal, para el cual tendrá carácter meramente orientativo.

b) Justificación documental de cada mérito, que se aportará en documento PDF.

2.3.2. Una vez introducidos los méritos en la aplicación, se podrá obtener el documento 'Resumen de presentación de méritos' que se deberá incluir necesariamente en la solicitud de la Sede Electrónica, de lo contrario, los méritos incluidos en la aplicación no serán tenidos en cuenta. Tampoco se valorarán los méritos que no estén incluidos en dicho documento, así como los que no se encuentren debidamente justificados.

2.3.3. Durante el plazo de presentación de solicitudes se podrán añadir, modificar o suprimir los méritos presentados, teniendo en cuenta que la última presentación será la única que se considerará válida, quedando anuladas todas las presentaciones anteriores. Transcurrido dicho plazo, no se admitirán, en ningún caso, modificaciones de los méritos presentados o de las correspondientes justificaciones, ni la presentación de nuevos méritos o documentos.

2.3.4. La Universidad podrá requerir del solicitante la documentación original de los documentos presentados.

2.3.5. Los participantes quedan vinculados a los datos y autoevaluación que hayan hecho constar en su solicitud, pudiendo únicamente demandar su modificación dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

Tercera. Admitidos y excluidos.

3.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública la lista provisional de admitidos y excluidos en el Tablón Oficial Electrónico de la Universidad de la Rioja con indicación, en su caso, de las causas de exclusión, otorgando un plazo de cinco días hábiles para proceder a la subsanación.

3.2. Finalizado el plazo de subsanación, se publicará en el Tablón Oficial Electrónico de la Universidad de la Rioja la lista definitiva de aspirantes admitidos y excluidos, con indicación, en su caso, de las causas de exclusión.

Cuarta. Valoración de los méritos.

4.1. El Servicio de Personal valorará los méritos alegados y justificados por los aspirantes. Únicamente se valorarán los méritos que el candidato acredite que estaban en su posesión en el día 9 de julio de 2021, último día del plazo de presentación de solicitudes de participación en el proceso selectivo.

4.2. La puntuación total de cada aspirante será el resultado de agregar la valoración obtenida en cada apartado: antigüedad y formación. Los cálculos parciales para obtener la valoración de cada apartado se realizarán por aplicación de las reglas del baremo considerando el número de decimales que resulte. El importe total de cada subapartado será considerado con dos decimales para obtener la puntuación total.

4.3. El Servicio de Personal podrá requerir a los candidatos cualquier tipo de aclaración sobre la documentación presentada. Si no fuera atendido el requerimiento, no se valorará el mérito correspondiente. El Servicio de Personal solamente podrá valorar o solicitar aclaración sobre los méritos presentados en tiempo y forma.

4.4. Una vez valorados los méritos se procederá a publicar la valoración provisional en el Tablón Oficial Electrónico de la Universidad de La Rioja, disponiendo las personas interesadas de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación, para interponer reclamaciones contra la misma. Las reclamaciones interpuestas contra la valoración provisional de méritos se entenderán contestadas en la relación definitiva de puntuaciones otorgadas a cada participante, que se publicará igualmente en el Tablón Oficial Electrónico.

Quinta. Formación de la lista de espera.

Formarán parte de la lista de espera los aspirantes que hayan alcanzado como mínimo el 60% de la puntuación fijada para la superación de la primera prueba eliminatoria. Serán ordenados en función del número de pruebas superadas, de forma decreciente. Quienes hayan superado el mismo número de pruebas se ordenarán por la suma de las puntuaciones obtenidas en cada prueba y de los puntos obtenido en aplicación del baremo aplicado en la fase de concurso.

En el caso de que se produzcan empates de puntuación entre los aspirantes así ordenados, éstos se resolverán atendiendo sucesivamente a la mayor puntuación en cada uno de los apartados del baremo, conforme al orden en el que aparecen en el mismo. Si persistiese el empate se atenderá a la puntuación obtenida en los distintos subapartados, siguiendo también el orden en el que aparecen en el baremo. Por último, de persistir la igualdad se seguirá el orden alfabético de su primer apellido, comenzando por la letra W conforme al sorteo a que se refiere el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado publicado por Resolución de 27 de julio de 2023 de la Secretaría de Estado de Función Pública y conforme a la Resolución 3784/2023, de 22 de diciembre de la Dirección General de Función Pública de La Rioja.

Sexta. Recursos.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso administrativo ante los Juzgados Contencioso-Administrativo de Logroño, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja.

No obstante, se podrá optar por interponer recurso de reposición ante el Rector de la Universidad de La Rioja, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de La Rioja, en cuyo caso no podrá interponerse el recurso contencioso administrativo anteriormente mencionado en tanto no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición, conforme a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Logroño a 3 de mayo de 2024.- El Rector, Juan Carlos Ayala Calvo.

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