Resolución 716/2024, de 8 de mayo, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se dispone la publicación del resumen del Convenio entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, y la Asociación Cultural Alumnos Escuela de Dulzaina de La Rioja, para la financiación de los gastos correspondientes a la promoción, enseñanza y aprendizaje de la dulzaina durante el año 2024
De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 13/2017, de 12 de abril, por el que se regula el Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja,
Resuelvo proceder a la publicación del resumen del siguiente Convenio.
Logroño a 8 de mayo de 2024.- La Jefa de Servicio de Secretariado de Gobierno y Relaciones con el Parlamento de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno (Por Resolución 894/2023, de 20 de julio, de la SGT), Begoña Sáinz Martínez.
Número de Registro: 2024/0302.
Resumen:
Convenio entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, y la Asociación Cultural Alumnos Escuela de Dulzaina de La Rioja, para la financiación de los gastos correspondientes a la promoción, enseñanza y aprendizaje de la dulzaina durante el año 2024.
Fecha de suscripción:
26 de abril de 2024.
Sujetos que lo suscriben:
Gobierno de La Rioja: José Luis Pérez Pastor - Consejero de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud.
Asociación Cultural Alumnos de la Escuela de Dulzaina de La Rioja: María Jesús Cantabrana Ramos - Presidenta.
Objeto del convenio:
Es objeto del presente convenio establecer las bases reguladoras de una subvención otorgada a la asociación cultural Alumnos Escuela de Dulzaina de La Rioja (NIF G72873631), para la financiación de los gastos correspondientes a la promoción, enseñanza y aprendizaje de la dulzaina durante el año 2024.
Obligaciones financieras:
Gobierno de La Rioja: 20.000,00 euros.
Vigencia:
El presente convenio tendrá efecto entre las partes desde el 1 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre de 2024,teniendo en cuenta la previsión al respecto del artículo 13.7 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de Funcionamiento y Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja y sin perjuicio de la fecha límite prevista para la justificación de la subvención en la cláusula cuarta.