Resolución 714/2024, de 8 de mayo, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se dispone la publicación del resumen del Convenio entre el Consejo General del Poder Judicial, y el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, en materia de formación continuada de Jueces y Magistrados para el año 2024
De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 13/2017, de 12 de abril, por el que se regula el Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja,
Resuelvo proceder a la publicación del resumen del siguiente Convenio.
Logroño a 8 de mayo de 2024.- La Jefa de Servicio de Secretariado de Gobierno y Relaciones con el Parlamento de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno (Por Resolución 894/2023, de 20 de julio, de la SGT), Begoña Sáinz Martínez.
Número de Registro: 2024/0300.
Resumen:
Convenio entre el Consejo General del Poder Judicial y el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, en materia de formación continuada de Jueces y Magistrados para el año 2024.
Fecha de suscripción:
26 de abril de 2024.
Sujetos que lo suscriben:
Consejo General del Poder Judicial: Vicente Guilarte Gutiérrez - Presidente, por sustitución.
Gobierno de La Rioja: María Martín Díez de Baldeón - Consejera de Salud y Políticas Sociales.
Objeto del convenio:
La realización de actividades de formación y perfeccionamiento dirigidas con carácter general a los Jueces y Magistrados destinados en el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Obligaciones financieras:
Consejo General del Poder Judicial: 4.000,00 euros.
Gobierno de La Rioja: 4.000,00 euros.
Vigencia:
El presente convenio estará vigente desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2024.
Prórrogas:
Este convenio puede ser prorrogado hasta un máximo de cuatro años adicionales por acuerdo expreso de las partes a través de un documento conjunto o escrito unilateral comunicado recíprocamente, previa aprobación de los oportunos expedientes de gasto tramitados de acuerdo con las normas internas de gestión de las partes.