Resolución de 2 de mayo de 2024, del Vicerrector de Investigación e Internacionalización, por la que se convocan ayudas para la realización de estancias internacionales de investigación de corta duración. Convocatoria 2024 (extracto)

BDNS: 758455

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/ 758455)

Primero. Beneficiarios.

Podrán solicitar ayudas para las estancias de investigación previstas en esta convocatoria el personal docente e investigador de la Universidad de La Rioja, con titulación de doctor, que se encuentre en activo y con vinculación a tiempo completo. Excepcionalmente, y a juicio de la Comisión de Investigación, podrán solicitar estas ayudas estancias, personal docente e investigador no doctor de la Universidad de La Rioja.

Esta condición deberá cumplirse al cierre de presentación de solicitudes y su cumplimiento deberá mantenerse en el inicio y desarrollo de la totalidad de la estancia.

Quedan excluidos de esta convocatoria el Personal Investigador en Formación regulado por el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación, o por el artículo 21 de la ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación. Asimismo, queda excluido el personal contratado con cargo a proyectos de investigación y contratos realizados al amparo del artículo 83 de la LOU.

De acuerdo al artículo 2.3. de las bases reguladoras, y de manera excepcional, únicamente podrán presentar solicitudes a esta convocatoria el Personal Docente e Investigador del Grado en Enfermería no acreditado a Titular de Universidad.

Segundo. Objeto.

Facilitar y promover estancias de investigación del personal docente e investigador de la Universidad de La Rioja en centros extranjeros de investigación o documentación de reconocido prestigio.

Tercero. Bases reguladoras.

Resolución 630/2021, de 10 de mayo, del Rector de la Universidad de La Rioja, por la que se ordena la publicación de las bases reguladoras de la Universidad de La Rioja para las convocatorias de ayudas a la realización de estancias internacionales

El texto íntegro de la Resolución de esta convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web Universidad de La Rioja: (https://www.unirioja.es/administracion-y-servicios/servicio-de-gestion-de-la investigacion/plan-propio/).

Cuarto. Cuantía.

La cantidad máxima asignada a esta convocatoria es de 30.000 euros. La financiación de esta convocatoria se efectuará con cargo a la aplicación presupuestaria 03.30.02 500I 641.51 para el personal docente e investigador no permanente del Grado de Enfermería no acreditado a Titular de Universidad. La cantidad asignada a esta convocatoria es de 20.000 euros.

Estas ayudas estarán sujetas a las retenciones de IRPF que la legislación establezca.

No obstante lo anterior, hasta el 20% de la financiación de esta convocatoria se podrá destinar a cubrir el coste correspondiente a la sustitución de profesores que hayan concurrido con éxito a convocatorias de movilidad de Programas Estatales convocadas por el Ministerio competente en la materia y que se inicien en 2021.



Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días naturales a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de La Rioja. y en la página web de la Universidad: (https://www.unirioja.es/administracion-y-servicios/servicio-de-gestion-de-la investigacion/plan-propio/).

Sexto. Otros datos.

La presentación de solicitudes se dirigirá al Vicerrectorado de Investigación e Internacionalización y deberán presentarse en el Registro General de la Universidad de La Rioja o mediante las formas que establece el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, las solicitudes se podrán presentar en el Registro Electrónico de la Universidad de La Rioja a través del procedimiento de Instancia General (https://sede.unirioja.es/portal/procedimientos/instancia-general) de la Sede Electrónica en el que se adjuntará la documentación señalada en la convocatoria.

Los impresos de solicitud, que se encontrarán disponibles en la página web de la Universidad: (https://www.unirioja.es/administracion-y-servicios/servicio-de-gestion-de-la investigacion/plan-propio/), se dirigirán, debidamente cumplimentados, al Vicerrectorado de Investigación e Internacionalización.

El impreso se cumplimentará de acuerdo con las instrucciones indicadas en el mismo.

La solicitud irá acompañada de la siguiente documentación:

a) Memoria de la actividad investigadora a realizar durante la estancia internacional en la que se detallará:

- Descripción de las actividades a desarrollar.

- Grupo de investigación y Universidad en la que se va a desarrollar la estancia, con referencia a la calidad e historial científico del grupo receptor y su adecuación a los fines de la estancia.

- Impacto de los resultados en el grupo de investigación de la Universidad de La Rioja.

b) Escrito emitido por el centro receptor aceptando y dando su conformidad a la estancia solicitada.

c) En su caso, licencia académica concedida o justificante de haber iniciado su tramitación.

Logroño a 2 de mayo de 2024.- El Vicerrector de Investigación e Internacionalización, Eduardo Fonseca Pedrero.

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