Resolución 651/2024, de 25 de abril, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se dispone la publicación del resumen del Convenio entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, y el Colegio Oficial de Trabajo Social de La Rioja, para el funcionamiento del Servicio de Mediación dependiente del Gobierno de La Rioja en el ámbito de mediación comunitaria y pre-judicial
De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 13/2017, de 12 de abril, por el que se regula el Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja,
Resuelvo proceder a la publicación del resumen del siguiente Convenio.
Logroño a 25 de abril de 2024.- La Jefa de Servicio de Secretariado de Gobierno y Relaciones con el Parlamento de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno (Por Resolución 894/2023, de 20 de julio, de la SGT), Begoña Sáinz Martínez.
Número de Registro: 2024/0285.
Resumen:
Convenio entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, y el Colegio Oficial de Trabajo Social de La Rioja para el funcionamiento del Servicio de Mediación dependiente del Gobierno de La Rioja en el ámbito de mediación comunitaria y pre-judicial.
Fecha de suscripción:
11 de abril de 2024.
Sujetos que lo suscriben:
Gobierno de La Rioja: María Martín Díez de Baldeón - Consejera de Salud y Políticas Sociales.
Colegio Oficial de Trabajo Social de La Rioja: Marta Alguacil Alfaro - Presidenta.
Objeto del convenio:
La colaboración en la consolidación y mantenimiento del Servicio de Mediación dependiente del Gobierno de La Rioja en el ámbito de la mediación prejudicial y comunitaria, así como la realización de actividades de formación práctica y teórica de especialización en mediación y resolución de conflictos, a través de la formación continua.
Obligaciones financieras:
Gobierno de La Rioja: 8.000,00 euros.
Vigencia:
El presente Convenio tendrá efectos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024.
Prórrogas:
En cualquier momento antes de la finalización de este plazo, se podrá acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales, mediante la correspondiente adenda.