Resolución 650/2024, de 25 de abril, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se dispone la publicación del resumen del Convenio entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, y el Colegio de Economistas de La Rioja, para el funcionamiento del Servicio de Mediación Mercantil Intrajudicial dependiente del Gobierno de La Rioja

De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 13/2017, de 12 de abril, por el que se regula el Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja,

Resuelvo proceder a la publicación del resumen del siguiente Convenio.

Logroño a 25 de abril de 2024.- La Jefa de Servicio de Secretariado de Gobierno y Relaciones con el Parlamento de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno (Por Resolución 894/2023, de 20 de julio, de la SGT), Begoña Sáinz Martínez.


Número de Registro: 2024/0284.

Resumen:

Convenio entre el Gobierno de La Rioja, a través de la Consejería de Salud y Políticas Sociales, y el Colegio de Economistas de La Rioja, para el funcionamiento del Servicio de Mediación Mercantil Intrajudicial dependiente del Gobierno de La Rioja.

Fecha de suscripción:

9 de abril de 2024.

Sujetos que lo suscriben:

Gobierno de La Rioja: María Martín Díez de Baldeón - Consejera de Salud y Políticas Sociales.

Colegio Oficial de Economistas de La Rioja: Ernesto Ignacio Gómez Tarragona - Decano Presidente.

Objeto del convenio:

La colaboración en la consolidación y mantenimiento del Servicio de Mediación dependiente del Gobierno de La Rioja en materia de mediación Mercantil Intrajudicial y mediación en el ámbito de la comunitario y pre-judicial, así como la realización de actividades de formación práctica y teórica de especialización en mediación y resolución de conflictos, a través de la formación continua.

Obligaciones financieras:

Gobierno de La Rioja: 5.000,00 euros.

Vigencia:

El presente convenio tendrá efectos desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024.

Prórrogas:

En cualquier momento antes de la finalización de este plazo se podrá acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales, mediante la correspondiente adenda.

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