Resolución 644/2024, de 24 de abril, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno, por la que se dispone la publicación del resumen de la Adenda de modificación del Convenio entre la Fundación Rioja Salud y la Universidad Complutense de Madrid
De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 del Decreto 13/2017, de 12 de abril, por el que se regula el Registro Electrónico de Convenios de la Comunidad Autónoma de La Rioja,
Resuelvo proceder a la publicación del resumen del siguiente Convenio.
Logroño a 24 de abril de 2024.- La Jefa de Servicio de Secretariado de Gobierno y Relaciones con el Parlamento de la Consejería de Hacienda, Gobernanza Pública, Sociedad Digital y Portavocía del Gobierno (Por Resolución 894/2023, de 20 de julio, de la SGT), Begoña Sáinz Martínez.
Número de Registro: 2024/0283.
Resumen:
Adenda de modificación del Convenio entre la Fundación Rioja Salud y la Universidad Complutense de Madrid.
Fecha de suscripción:
23 de abril de 2024.
Sujetos que lo suscriben:
Fundación Rioja Salud: María Marín Díez de Baldeón - Presidenta del Patronato de Fundación Rioja Salud.
Universidad Complutense de Madrid: María Concepción Gómez García - Vicerrectora de Formación Permanente, Empleabilidad y Emprendimiento.
Objeto del convenio:
Modificar el Convenio marco de referencia exclusivamente en el marco de la realización de prácticas académicas externas curriculares sin remuneración. Las partes establecen de mutuo acuerdo que las obligaciones en materia de Seguridad Social derivadas corresponderán a la Universidad Complutense de Madrid, quedando Fundación Rioja Salud libre de cualquier obligación en materia de Seguridad Social en el marco del convenio de referencia.
Vigencia:
Para lo no recogido en esta adenda, se estará a lo dispuesto al convenio de referencia.
La duración del presente convenio será de cuatro años y surtirá efecto desde el día de su firma.
Prórrogas:
Para lo no recogido en esta adenda se estará a los dispuesto en el convenio de referencia.
Podrá ser prorrogado por acuerdo unánime de las partes por un periodo de hasta cuatro años adicionales, que deberá ser formalizado por escrito, un mes antes de la expiración del plazo convenido.