Resolución 47/2024, de 5 de abril, de la Consejería de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, por la que se convocan subvenciones por la participación en Ligas regulares oficiales de carácter nacional de ámbito federado (extracto)
BDNS: 754047
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/754047)
Primero. Beneficiarios.
Podrán acceder a estas subvenciones las entidades deportivas riojanas, inscritas o adscritas en el Registro del Deporte de La Rioja, que desarrollen su actividad mayoritariamente en esta Comunidad Autónoma, con excepción de las Sociedades Anónimas Deportivas, y las Agrupaciones Deportivas dependientes de centros docentes sostenidos con fondos públicos del Gobierno de La Rioja.
Se entenderá que una entidad desarrolla mayoritariamente su actividad en la Comunidad Autónoma de La Rioja cuando su promoción deportiva y al menos el 85% de los encuentros y entrenamientos de competiciones los dispute en este territorio.
Segundo. Objeto.
Estas subvenciones tienen por objeto la financiación de los gastos de naturaleza corriente derivados de la participación en Ligas regulares oficiales de carácter nacional de ámbito federado.
El período de duración de la liga regular que genere el gasto subvencionable será el comprendido entre el 1 de julio de 2023 y el 30 de junio de 2024.
Tercero. Bases reguladoras.
Título II. Capítulo II de la Orden EDC/36/2023, de 2 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en materia de deporte (Boletín Oficial de La Rioja número 115, de 7 de junio de 2023).
Cuarto. Cuantía.
Un importe total de novecientos veinte mil euros (920.000 euros) que se imputarán a la partida presupuestaria 2024.0704.3411.480.03
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles computados a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la Resolución de convocatoria de esta subvención en el Boletín Oficial de La Rioja, de conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) 20.8.a) y 23.2.g) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Sexto. Otros datos de interés.
Convocatoria: El texto íntegro de la Resolución de convocatoria estará disponible en la siguiente dirección de la página web del Gobierno de La Rioja (https://www.larioja.org/oficina-electronica/es?web=&proc=14247)
Solicitudes: El modelo oficial de solicitud está disponible en la sede electrónica del Gobierno de La Rioja (http://www.larioja.org/deporte/es/becas-subvenciones). Su presentación se efectuará de forma telemática a través de la oficina electrónica del Gobierno de La Rioja (www.larioja.org), conforme a lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Documentación: La prevista en el apartado noveno de la Resolución 47/2024, de 5 de abril, por la que se convocan subvenciones por la participación en Ligas regulares oficiales de carácter nacional de ámbito federado.
Procedimiento de concesión: Línea de subvención en régimen de concurrencia competitiva, de acuerdo con los principios recogidos en el artículo 8.3 del Decreto 14/2006, del régimen jurídico de las subvenciones en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
Justificación: En lo referente a la justificación de la subvención, se estará a lo dispuesto en el apartado decimosegundo de la Resolución 47/2024, de 5 de abril, por la que se convocan subvenciones por la participación en Ligas regulares oficiales de carácter nacional de ámbito federado.
Logroño a 5 de abril de 2024.- El Consejero de Cultura, Turismo, Deporte y Juventud, José Luis Pérez Pastor.