Constitución del coto de caza LR-10.222
La Sociedad de Cazadores Miralbueno ha solicitado la creación de un Coto de Caza, con una superficie de 6.555 hectáreas, incluidas en los términos municipales de Aldeanueva de Ebro (3.897 ha), Alfaro (2.656 ha) y Rincón de Soto (2 ha), incluyendo terrenos del Catálogo de Montes de Utilidad Pública número 206 'Valcaliente, Galano y Cabezo La Torre', para lo cual ha acreditado la cesión de los derechos cinegéticos del 3% de la superficie del coto solicitado. Por lo tanto, en virtud del artículo 23 de la Ley 8/2022, de 24 de junio, de caza y gestión cinegética de La Rioja, y el artículo 33 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto 17/2004 de 27 de febrero, puede tramitarse el expediente de creación de dicho coto, cuyos límites son los siguientes:
- Norte: Término Municipal Calahorra (coto LO-10.031 y Coto Social de Los Agudos)
- Sur: Término Municipal de Alfaro (coto LO-10.221 y Zona No cinegética).
- Este: Términos Municipales de Rincón de Soto (coto LO-10.185) y Alfaro (coto LO-10.221).
- Oeste: Término Municipal de Autol (coto LO-10.021).
Dichos límites pueden consultarse a través de la aplicación de gestión telemática de Cotos de caza del Gobierno de La Rioja.
Lo que se hace público para general conocimiento y en particular de los posibles afectados, pudiendo quienes se consideren perjudicados dirigir por escrito las reclamaciones pertinentes ante la Dirección General de Medio Natural y Paisaje en Logroño, calle Prado Viejo, 62-Bis, o a los Ayuntamientos de Aldenueva de Ebro, Alfaro o Rincón de Soto, dentro del plazo de veinte días hábiles contados a partir de su publicación en el Boletín Oficial de La Rioja, plazo durante el cual estará de manifiesto el expediente en horario de atención al público en las oficinas de la Dirección General de Medio Natural y Paisaje.
Logroño a 22 de abril de 2024.- El Director General de Medio Natural y Paisaje, Ignacio Sáenz de Urturi Sánchez.